Cobrar el paro y crear una empresa

Ante todo gracias por vuestro tiempo para contestar las preguntas que os hacemos. Mi cuestión es la siguiente: Un amigo que tiene una empresa de 15 trabajadores, me propone que nos asociemos y constituyamos una empresa paralela a la suya con la intención de ofrecer servicios de valor a los que el esta ofrenciendo actualmente. La empresa la formaríamos el y yo y aprovecharíamos los recursos e infrastructuras de la suya. Yo estoy negociando con la empresa en la que trabajo actualmente por cuenta ajena mi despido, por lo que en breve empezaría a cobrar paro. Al grano: ¿Podría constituir una empresa y cobrar paro o que figure en la empresa otra persona como mi mujer a tal efecto? ¿Qué ventajas o inconvenientes tiene figurar como Administrador, pueden ser más de 2 administradores? ¿Qué problemas podría encontrarme respecto a la proposición de esta persona que ya tiene su propia empresa, quiero decir me la puede jugar en un futuro si el negocio va bien? ¿Cuánto dinero hace falta para constituir la empresa, pensado que iríamos al 50%?

1 respuesta

Respuesta
¿Podría indicarme su procedencia? Es innecesario para responder adecuadamente a su pregunta.
La legislación aplicable varía de país a país e incluso de localidad a localidad.
Soy de España y estoy en Madrid.
Me gustaría saber también si el reparto de la sociedad es 51% para mi y 49% para el otro socio, estoy obligado a ser administrador único y si es así, puedo siendo administrador cobrar paro. ¿En qué caso me tengo de dar de alta de autónomo si es que tengo que hacerlo?, La sociedad seria una S.L., que ya existe y que habría que cambiarla de nombre y transferir las acciones, hay algún riesgo, a parte de la situación financiera de la otra empresa.
Gracias
Puede constituir empresa y hacer paro.
Srer dinistrador es llevar toda la responsabilidad de la empresa. En efecto, pueden ser dos administradores si así lo pactan.
Pueden jugarle sucio siempre que en el contrato que elaboren tenga cláusulas que lo pongan en desventaja a usted.
Lo más recomendable es que hagan un bue contrato en donde niunguno salga afectado y sea equitativo.
FÍJESE bien en lo que va a firmar y ponga las cosas claras sobre todas las cosas DESDE EL PRINCIPIO.
La candidata de dinero dependerá del giro de la empresa.
Con el 51% no está obligado a ser el único administrador.
Siendo administrador no puede cobrar paro porque ya no tendría el trato de trabajador, sino de patrón.
No tiene que darse de alta como autónomo.
No hay riesgos para constituir la nueva sociedad siempre que ambas estén saneadas, es decir, que no presenten problemas económicos de ninguna índole ni deudas que puedan entorpecer la futura relación.

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