Administradores mancomunados

Mi duda es sobre los administradores mancomunados. Somos tres socios que pretendemos constituir una empresa sin darla de alta, ya que lo que buscamso primero es obtener el cif y tenerla "dormida" mientras gestionamos posibles clientes o inversiones.
Nos planteamos ser todos administradores mancomunados hasta el momento de dar de alta la sociedad, para así obligarnos a ambos a estar de acuerdo en todas las gestiones previas y acuerdos internos a los que lleguemos, ya que si no fuera así uno podría negarse a darla de alta.
Mi preguntas son ¿se puede hacer? ¿Alguien tiene experiencia previa en algo parecido?

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No problem. Cuando recogais en el notario la escritura de constitución, presentáis en Hacienda el modelo 036 limitándoos a solicitar CIF provisional, comunicar socios fundadores, dar de alta a los representantes y comunicar domicilio social y fiscal (recordad luego hacer la liquidación de actos jurídicos y operaciones societarias).
Posteriormente, cuando recogais la escritura registrada en el mercantil, presentáis nuevo mod. 036 solicitando CIF definitivo y alta en el impuesto de sociedades.
El único problema que veo es que cuando iniciéis la actividad (nuevo modelo 036 de comunicación de inicio de actividad, alta en IAE, IVA, retenciones...) deberéis daros de alta en autónomos los tres, mientras que si fuerais solidarios o administrador único, con que cotice uno y los otros sean discretos si trabajan es suficiente. Es un gasto muy fuerte que puede dificultar la puesta en marcha de una empresa modesta. Desde luego tendréis que daros de alta antes o después.

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