¿Quién traspasa el local, estando separados?

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Una amiga mía se ha separado de su pareja después de 10 años. No están casados ni tienen hijos, y ya no se hablan ni se ven.
Tienen un video-club en alquiler, inicialmente estaba a nombre de él, pero por problemas económicos, hace dos años lo puso a nombre de mi amiga.
Ahora que no están juntos, qué problemas le puede acarrear a ella, puesto que ella sigue estando de titular, pero ya no aparece por el local ni nada, porque el negocio lo lleva él.
Ahora además él ha puesto el video-club para traspasarlo.
¿El traspaso lo tiene que firmar ella?, ¿A nivel de hacienda luego quien paga?
¿Él tiene autoridad para hacer lo que le de la gana sin consultar con ella?
Muchas gracias, es que ella con el disgusto no ve problemas a futuro, pero creo que esto no es normal.

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Cuando usted señala que el negocio 'se pone a nombre de' lo que debo interpretar es que las acciones (si la empresa es Sociedad Anónima) o las participaciones (si la empresa es Sociedad Limitada) del hombre fueron traspasadas a su amiga, que las adquirió y se convirtió en propietaria de la empresa.

Si es así, el traspaso de la empresa (la venta de las acciones/participaciones a un tercero) sólo lo puede hacer el propietario de las mismas, es decir, su amiga. Y respecto a Hacienda, por la venta su amiga adquiriría un dinero, que tendría que declarar.

En cuanto a la autoridad de él, me estoy imaginando que en algún momento (normalmente en la constitución de la sociedad) él habrá quedado nombrado "administrador". Si fuera "único" o "solidario", él puede realizar las acciones de administración que estime oportunas en bien de la sociedad. Si su amiga también es administradora solidaria, ella también puede hacer lo que considere. Y si ambos son administradores pero "mancomunados", ninguno puede hacer nada sin la firma del otro.

Estos son los datos que dirán si la situación es más o menos correcta: quién es propietario de la empresa (de las acciones/participaciones) y quién es administrador de la misma.

Y finalmente, si su amiga es propietaria de toda la empresa, y su ex-pareja es administrador, su amiga puede convocar Junta Universal, cesarle en el cargo, y nombrarse ella administradora única.

Un cordial saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

Más Derecho en mi blog: http://adrianmayor.com

Muchísimas gracias.

Me comentan que si tiene usted bufete en Madrid, o conoce a alguien de su confianza, me lo indique

Muchas gracias de nuevo

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