Préstamo Bancario y fallecimiento

Mi padre falleció el fin de semana. Esta semana ha sido toda de papeleos, y hoy concretamente, fui con mi madre al banco a hacer unas gestiones. Entre ellas estaba el asunto de un préstamo que contrató mi padre, en el que los titulares, al parecer, son él y mi madre, ya que la cuenta corriente está a nombre de ambos.
Hemos ido para ver que ocurre ahora con el préstamo, ya que mi padre se encuentra fallecido y el préstamo tenía asociado un seguro que cubre el fallecimiento.
El banco nos ha dicho que el préstamo no se puede cancelar ni queda extinguido en todo o en parte, y que mi madre ha de seguir pagándolo íntegro, ya que, según ellos, el seguro sólo está a nombre de mi madre y que por tanto, no cubre la muerte de mi padre. No encontramos copia del seguro en mi casa y el banco se ha negado a darnos copia.
Mis preguntas son las siguientes:
- ¿El banco se encuentra obligado de alguna manera a darme copia del seguro asociado a ese préstamo?
- Es posible que se haga un seguro a nombre de una sola persona, ¿cuándo el mismo se encuentra asociado a un préstamo cuyos titulares son dos personas?
- Si el seguro cubriera a mi padre, ¿qué ocurría con el préstamo? ¿Mi madre seguiría pagando su mitad? ¿O quedaría extinguido íntegro?
- Si el seguro sólo estuviera a nombre de mi madre, como el banco dice, ¿qué ocurriría? ¿Mi madre tendría que pagarlo todo? ¿O la mitad correspondiente a mi padre quedaría a cargo de los herederos?

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Respuesta
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No sé cual será esa entidad -ni lo deseo-, pero de entrada, les cancelaría todo lo que fuera posible, incluso la mera gestión de recibos.

Ha de acudir al despacho de una Abogado, que dicho sea de paso le hará falta para llevar a cabo todas las operaciones testamentarias de su padre y de liquidación de la sociedad de gananciales.

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