Ley hipotecaria

Mi mami tiene una hipoteca con una prima de hace 23 años, la hipoteca fue de 2 millones de pesetas, creo que si caduca no tenemos que pagar la cancelación de la misma, se hizo en su día para proteger el piso y esta todo saldado ya, pero aun no la hemos cancelado pensando que así nos ahorraríamos un dinero, ¿es así?.

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Estimada Sra:
Si la hipoteca está pagada el crédito ya no existe pero en el registro en tanto no la cancelen los terceros posible adquirentes de esa vivienda se asustarán al parecer que no está pagado el préstamo y poder tener dudas .
La reforma de la ley hipotecaria estableció que este asiento caducaría a los 20 años desde que se pagó completamente el crédito pero este artículo ha sido considerado ilegal y no está vigente
Lo que deben hacer es acercarse al banco y pedirles que les den una carta de pago con esa carta de pago levantar un acta notarial o bien que directamente se haga la carta de pago ante notario y después con ese documento notarial ir al registro. Tendrán que abonar los gastos notariales que no son muchos y el impuesto de correspondiente del transmisiones y actos jurídicos documentados que en este momento no le puedo decir a cuanto asciende porque además depende de la comunidad autónoma.
Otra posibilidad pero más complicada es hacer un expediente de liberación de cargas y gravámenes.
En definitiva es un trámite burocrático pero sería conveniente que lo arreglasen por si quisiesen vender la vivienda o pedir otro crédito sobre ella...

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