Denuncia a inmobiliaria

Hace aproximadamente 5 años firmé un contrato de arras con una agencia inmobiliaria en concepto a una plaza de parking (pagué 200.000) . El contrato ponía que se debía hacer escritura pública antes del 10/11/1996, obviamente no se pudo hacer escritura porque la plaza tenia una serie de cargas. Más tarde la inmobiliaria me dijo que para solucionar el problema teníamos que ir al banco a levantar la hipoteca (Banc Sabadell), fuimos, y efectivamente pagué 1.500.000 para levantarla y el banco me dio un documento diciendo que me cedía la plaza. Pero en todo este tiempo de trámites (1 año) la plaza había sido segregado, y sobre una parte se había creado una nueva hipoteca.
Así que estoy con una parte de la plaza, pero que no puedo hacer escritura, y además que solo es un trozo, no lo que en su día me vendió la inmobiliaria.
Los gastos totales que me ha ocasionado el tema se acercan a los 2 millones de pesetas.
La inmobiliaria dice que no puede solucionar el tema y que no se puede escriturar. Y tampoco quiere devolver el dinero.
En caso de denuncia, que posibilidades tendría de ganar el juicio, ¿y cuánto dinero podría recuperar?

2 Respuestas

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En primer lugar te aconsejo que vayas a un abogado con el contrato, porque para darte una respuesta concreta hace falta ver exactamente qué firmaste.
Si consta la intervención de la agencia inmobiliaria en la celebración del contrato, entiendo que existe cierta responsabilidad (subsidiaria) por parte de la Agencia Inmobiliaria.
De otro modo tendrías que dirigir el pleito sólo contra el vendedor; que en principio deberías ganar.
Tendrías derecho a reclamar bien la entrega de la plaza de garaje en las condiciones pactadas más daños y perjuicios pactados, bien que te devolvieran todo lo pagado con intereses, y te quedarías sin plaza.
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Vamos por partes; en primer lugar, el hecho de que la plaza estuviera hipotecada no impide escriturar una compraventa posterior, lo que ocurre es que aunque exista un nuevo dueño, la plaza sigue hipotecada y por tanto es embargable en caso de no cancelación de la hipoteca (mediante los pagos mensuales o cancelación total). Piensa que la gran mayoría de fincas que se venden actualmente están afectas por una o más cargas 8hipotecas, etc). Lo que se hace es cancelarlas precisamente con una parte del dinero que se percibe en la compraventa, cancelando en una segunda escritura otorgada por el banco hipotecante y el vendedor en la misma fecha, o bien concederle un plazo (se hace constar en la propia escritura de compraventa) para que las cancele, so pena de resolver (anular) la compraventa, más reclamación de daños y perjuicios, etc.
Por otra parte, supongo que en el contrato de arras (o de opción de compra) constaría que adquirías la plaza de garaje LIBRE DE CARGAS, de modo que era responsabilidad de la inmobiliaria el que tales cargas (la hipoteca) estuvieran canceladas antes de la fecha 10/11/96. De no ser así, tú podías aceptar la escritura con las cargas (previendo debidamente la obligación del dueño de cancelarla en un determinado plazo) o bien no aceptarla, cancelar la compraventa y pedir a la inmobiliaria el DOBLE de lo que pagaste en concepto de arras (400.000.-) ya que la finca no se hallaba en tal fecha en las condiciones pactadas en el contrato de arras, y ello por culpa de la parte vendedora.
Ahora bien, no hiciste ni una cosa no otra, sino que tú mismo cancelaste la hipoteca, al tiempo que el dueño alteraba el bien inmueble.
Lo que deberías hacer depende de si te sigue interesando la plaza de garaje o no.Si no te interesa, deberías reclamar a la inmobiliaria las 400.000.- pts (por no haber estado libre de cargas en la fecha prevista), y reclamar al dueño el importe abonado para cancelar la hipoteca (más intereses), al entender que fue un pago realizado en nombre de otro.
Si te sigue interesando es más complicado, por que deberías demandar al dueño pidiendo la cancelación de la segragación (con todas sus consecuencias) y la inscripción de tu titulo en el Registro.
Como ves, no es sencillo, en cualquier caso te recomiendo que acudas INMEDIATAMENTE a un abogado, lo cual en el mejor de los casos no te costará dinero, puesto que si no se soluciona amistosamente y acudes a los tribunales, al al estimarse tu demanda judicial obtendrás también la condena al perdedor de abonarte las costas causadas. Conclusión: NO TE QUEDES PARADO (y no pienses que tienes media plaza de garaje que no puedes escriturar, en realidad no tienes absolutamente nada).

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