¿Se puede traspasar a otra persona un usufructo vitalicio?

¿Di un usufructo vitalicio a mi madre quisiera saber si ella lo puede traspasar a otra persona?

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El usufructo se rige por el principio de autonomía de la voluntad de las parts, en virtud del brocardo pacta sunt servanda.
Como no indica si han pactado alguna cláusula, entiendo que la respuesta es negativa, por lo que básicamente le resumo lo que nos dice el Código Civil.
1) Puede vender la nuda propiedad de la vivienda pero el usufructo continuará, porque lo accesiorio sigue a lo principal, luego el comprador no puede hacer nada en la vivienda a pesar del ser el nudo propietario.
2) Solo puede vender el que es dueño, es decir, usted. Por contra, el usufructuario puede alquilar la casa, ceder su uso, vender su derecho de usufructo o incluso donarlo, pero, cuando se extinga el usufructo, se extinguen estos derechos (salvo para las fincas rústicas, pero eso es otra cuestión).
3) Con la muerte del usufructuario, se extinguirá el usufructo conforme establece el art. 513 del Código Civil.
Ruego cierre la pregunta y valore
Somos 4 hermanos y una viuda soy la mayor de mis hermanos y compre todos los derechos de mis hermanos, de mi madre y padre y en bienes raíces estoy inscrita como dueña de la casa. Pero yo al comprar la casa le cedí un usufructo vitalicio ami madre, ahora tengo problemas porque la casa que yo compre vivo yo con mi familia y mi madre y mi madre tiene de allegada ami hermana menor con sus tres hijos, ella tiene su casa. Son dos preguntas las mías, ¿yo puedo echar ami hermana de mi casa? ¿Otra mi madre puede cederle ami hermana el usufructo vitalicio de ella? ¿Mi madre tiene derecho de traer a vivir a las personas que quiera a la casa? Porque yo el usufructo vitalicio se lo di solamente a ella.
Espero su respuesta y le doy las gracias.
Como le indicado el art. 513.2 del Código Civil establece como causa de extinción por razón de la relación jurídica. Si es vitalicio y si se cumple una condición "que lo use de forma exclusiva" y resulta que según comenta no es así sino que ahora hay una hermana y tres sobrinas amparadas en ese derecho, el usufructo se extingue, pero hay que estar a las condiciones expresamente pactadas, por eso los usufructos presentan muchos problemas y litigiosidad.
Para decirle a su hermana que abandone la casa por causa de extinción del usufructo, le repito que hay que estar a los pactos o condiciones que consten en la escritura de concesión y que usted conoce porque fue quien los firmó.
Le he dicho que el usufructo se puede ceder, pero en ese caso la cedataria ha de cesar en su disfrute, es decir, su madre se lo cede en documento público a su hermana, pero ella tiene que abandonar el domicilio. Y si me pregunta ¿y si mi hermana tiene a nuestra madre en virtud de tal usufructo? Hay abuso de derecho y mala fe, y se puede instar a la extinción judicial por un proceso largo, ya le advierto.
Si no incumple ninguna de las causas pactadas, no puede hacer nada porque la ley la ampara. No obstante si como comenta usted adquirió sus derechos a todos los hermanos, incluida la que ahora tiene de inquilina gratuita, entiendo que es un abuso de derecho porque ella ya ha sido satisfecha conforme a pacto en el uso y disfrute de esa vivienda.
De todos modos, como deduzco por sus palabras no hay buena relación porque entre otras cosas usted ha perdido su intimidad familiar a la que también tiene derecho y el asunto requiere un estudio profundo de toda la documentación obrante en su poder, le aconsejo que ponga el asunto en manos de un Abogado y que él sopese y valore lo que yo le he apuntado por ver si pudiera ser causa justa de abuso por una parte y correlativamente de causa de extinción por otra.
Ruego cierre y valore
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Jkkjj

Me pueden revocar la donación. Y si se puede revocar puedo vender mi casa o alquilarla.

¿La revocacionde la donación se puede hacer por incumplimiento de lo pactado en la escritura? Si es positivo puedo vender mi casa que tengo en esa propiedad o alquilarla.

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Cría Cuervos...

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