Vicios ocultos y garantía en coche usado

He visto que ya respondió a una consulta similar, pero en este caso se trata de un vehículo comprado en un establecimiento de compra-venta.
Me encuentro totalmente desamparado en este asunto.
Hace algo más de cinco meses compré un coche de segunda mano (pagué 2500 euros) en un establecimiento de compra-venta. En la factura ponía que tenía garantía de 3 meses. El coche tiene 11 años y 150.000 km.
El mes pasado tuve que reparle el motor (junta de la culata) y la reparación me costó 800 euros. Dos semanas más tarde vuelve a romperse por el mismo sitio y el mecánico me dice que tiene poca solución, que no merece la pena gastarse más, porque seguramente ya me lo vendieron tocado.
He leído que los compraventas tienen que responder por ley de los defectos llamados "vicios ocultos", es decir, aquellos problemas que no pueden verse al comprarse el coche, pero afloran más tarde, hasta un plazo de 6 meses.
El problema es que me encuentro a 700 km del lugar donde me lo vendieron.
¿Hay algo que pueda hacer? ¿Merece la pena contratar a un abogado para luchar por mis derechos en este caso?
Gracias por ayudarme.
Me encuentro totalmente desamparado en este asunto.
Hace algo más de cinco meses compré un coche de segunda mano (pagué 2500 euros) en un establecimiento de compra-venta. En la factura ponía que tenía garantía de 3 meses.
El mes pasado tuve que reparle el motor (junta de la culata) y la reparación me costó 800 euros. Dos semanas más tarde vuelve a romperse por el mismo sitio y el mecánico me dice que tiene poca solución, que no merece la pena gastarse más, porque seguramente ya me lo vendieron tocado.
He leído que los compraventas tienen que responder por ley de los defectos llamados "vicios ocultos", es decir, aquellos problemas que no pueden verse al comprarse el coche, pero afloran más tarde, hasta un plazo de 6 meses.
El problema es que me encuentro a 700 km del lugar donde me lo vendieron.
¿Hay algo que pueda hacer? ¿Merece la pena contratar a un abogado para luchar por mis derechos en este caso?

1 Respuesta

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Buebas tardes,
    Según la legistación vigente, los vicios redhibitorios u ocultos en la compra-venta particular deben de ser denunciados por el comprador en un plazo de 6 meses tras la entrega del bien. Si han transcurrido más de 6 meses desde la compra del vehículo, deberá Ud. de correr con todos los gastos de la reparación. Ahora bien, para poder acogerse al artículo 1490 del Código Civil, el vicio debe de ser grave. Y sinceramente, soy abogado y no mecánico, pero como particular, no me parece grave en absoluto.
      Y si el vendedor voluntariamente no se hace cargo, deberá de contratar a un perito que realice un informe técnico, y después, a un abogado y a un procurador para iniciar una demanda, por lo que podemos hablar de 1200-1500 Euros de entrada. Y ya que el contrario es mecánico, quizá pueda convencer al juez de que no se trata de un vicio grave, debido a la antigüedad del coche. Su perito lo rebatirá, siempre y cuando su informe haya sido favorable a Ud.
      Desconozco a cuánto asciende la reparación del coche, pero ¿cree qué le compensa una acción judicial? Si tras repararle la culata, se vuelve a romper, acuda a la garantía del reparador, poco más.
      Por favor, valore la respuesta y cierre la pregunta.

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