¿Devolución ayuda de 426?

¿Mi hermana ha estado cobrando la ayuda de 426? Durante algunos meses. Cuando el marido encontró de nuevo empleo y fue asegurado, el personal del SOC Servei d'Ocupació de Catalunya le comentaron que fuera aportando cada mes la nómina para ver si le correspondía.
El primer mes, al no ser completo, pudo cobrarla. El segundo mes, el funcionario le dijo que casi alcanzaba pero todavía le correspondía la ayuda. El tercer mes, mi hermana aportó la nómina después que le hubieran realizado el ingreso y cuando la mostró le dijeron que ese mes ya no le correspondía. El funcionario le comentó que le enviarían una carta reclamándole la cantidad que no le correspondía.
Hoy me ha llamado para decirme que le reclaman dos meses, el último correspondiente a marzo 2010 que superaba el máximo y febrero 2010 que le dijeron en su momento que si le correspondía. ¿Total qué tiene que devolver 852? Que es una cantidad importante para ella en este momento.
La pregunta es: ¿Está obligada a devolver el último mes? ¿Qué pasos debería realizar?

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Respuesta
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Si efectivamente los ingresos económicos de la unidad familiar exceden del necesario para tener derecho a esa ayuda le pueden reclamar la devolución de todos los meses que haya cobrado excediendo de esa cantidad
A pesar de que el funcionario les dijera que no tenía que devolver ese mes, lo que cuenta es la resolución que le notifica la obligación de devolver, pues lo que le dijeron de palabra no tiene ningún valor
Intenten pedir un aplazamiento para pagarlo en varios meses
No hay ninguna otra vía administrativa, ¿cómo intentar agotar plazos provocando silencio administrativo?
Un saludo y gracias.
El silencio administrativo se produce cuando la administración no resuelve en plazo alguna petición o reclamación
Pueden intentar presentar los recursos que sean procedentes pero no se los van a estimar

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