Necesito consulta legal sobre el acuerdo de pensión vitalicia que debe pagar mi ex marido

En el convenio regulador de divorcio mi ex marido y yo llegamos a un acuerdo por el cual el me abonaría una pensión vitalicia de 800 euros al mes durante su vida laboral más la subida del IPC anual y el 30% de su jubilación cuando esta llegara, acuerdo del que después se arrepintió pero que tuvo que cumplir.
El tiene ahora 58 años y en su empresa están prescindiendo de personal, no son prejubilaciones sino que lo hacen como despido improcedente, les pagan lo que les corresponde y pasan a cobrar el desempleo. Mi ex marido lleva casi 40 años en la empresa por lo que la indemnización por despido seria cuantiosa y con eso y el paro el tendría para vivir los 7 años que le quedan para la jubilación, el problema es que me ha dicho que si se va de la empresa ya no tiene que pagarme los 800 euros porque esta desempleado y que en todo caso tendría que pagarme una parte del paro si lo estipula el juez, ya que pediría una modificación de medidas y durante esos 7 años yo me tendría que buscar la vida hasta que el se jubile que pasaría a pagarme el 30% de su jubilación como acordamos (esto también dice que va a intentar modificarlo al haber cambiado las circunstancias)
Yo tengo 55 años y mis hijos ya son mayores y tienen su propia vida, no tengo ninguna enfermedad que me impida trabajar pero no he trabajado nunca y ahora no creo que sea el momento de empezar una vida laboral, no tengo ninguna formación especializada y no me voy a poner a fregar escaleras.
El se ha vuelto a casar y su mujer trabaja por lo tanto si el se queda en el paro tendría el sueldo de su mujer y yo lo que quiero saber es si a mi me corresponde algo de la indemnización que le den por despido o me tiene que seguir pagando los 800 euros mensuales aunque este en el paro, el dice que no porque lo que firmo era durante su vida laboral y que de la indemnización no tiene porque darme nada. ¿Entonces yo de que vivo durante esos 7 años? Porque si me da 200 o 300 euros del paro que cobre yo no tengo para vivir.

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Efectivamente, si su situación laboral cambia, el puede pedir que se reduzca la cantidad que le está pasando como pensión compensatoria, ya que además en todos los años que lleva pasándola, vd. ha podido haberse incorporado al mundo laboral, y la jurisprudencia entiende que la pensión compensatoria no tiene que ser vitalicia.
El hecho de que se haya vuelto a casar y su esposa trabaje no le afecta a vd., ya que la carga de la pensión compensatoria no tiene porque sufrirla su actual cónyuge, si no él con sus propios medios.
En cuanto a la indemnización por el despido, vd. no tiene ningún derecho sobre ella, así que nada puede reclamar.

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