¿Puede recuperar patrimonio alguien decl. Muerto?

Declaran a una persona muerta hace 5 años (después de 15 años desaparecida).
El único heredero en la sucesión vendió el piso de la herencia 6 meses después de abrirse la sucesión.
Con el dinero: amortizó deudas y con el resto se compró un barco.
La pregunta es: Si la persona desaparecida volviera...¿podrá recuperar su patrimonio, ya que ha pasado a sus herederos? ¿El heredero podía vender la herencia pasados 6 meses de abrirse la sucesión?

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Si el declarado fallecido volviera tendría derecho a recuperar sus bienes, si se hubiesen vendido el precio y el su caso lo que se hubiera adquirido con ese precio.
En cuanto a la segunda cuestión, la respuesta es que sí, lo que no podría el heredero es disponer a titulo gratuito hasta pasados 5 años, pero no hay limitación para los actos onerosos como la venta que planteas.

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