Posible abuso de poder en mi comunidad

He instalado un aire acondicionado junto a la ventana de mi hijo que da a la galería de acceso a la vivienda, la cual da a la fachada de la calle. El aparato esta pegado al techo y no molesta para el paso, aunque se ve desde la calle. Se han quejado tres vecinos, ha habido una reunión de la comunidad y se ha acordado que no puede haber aparatos de aire en las galerías, que tengo que ponerlo en el balcón(este mide unos dos metros y ya tengo en el instalado el aire del salón) que esta al otro lado de la casa, por lo que los tubos recorrerían un pasillo y el salón, quedando a la vista. Aunque mi aparato es el primero que se ha instalado en las galerías, no hay puesto ningún otro, en la fachada de atrás del edificio, digamos la secundaria, que da a la zona de la piscina, pero también es visible desde otras calles, hay muchísimos aparatos colgados en la fachada desde hace muchos años, también hay antenas parabólicas y tendederos. Bien, resulta que dicen que estos vecinos (los de los aparatos de aire, los de antenas y tendederos no lo se) han pedido permiso y se les permitió(he pedido al administrador copias de las actas de esas peticiones), aunque hace unos dos o tres meses pusieron un cartel en el portal pidiéndole a los vecinos que tenían el aparato en la fachada que lo trasladasen dentro del balcón, donde debían ponerse en adelante los nuevos aparatos, pero nadie los ha quitado. Ahora bien, resulta que si yo no quito el mio me van a denunciar, ¿no tendrían que obligar primero a los que llevan más tiempo con el aparato? Es más, ¿pueden obligarlos después de tanto tiempo (por lo menos cinco o seis años) aunque hallan aprobado que no puede haber aparatos en la fachada ahora (no se si se ha hecho pero he pedido copia por si la hay )? Y ¿Si yo he puesto el aparato después de que lo han prohibido mi caso es diferente al del resto de vecinos? ¿Puedo ampararme en que los demás tienen aparatos en la fachada aunque no sea la fachada principal? . Si mi edificio no tiene la preinstalación para aire, la forma lógica para acondicionar las habitaciones que dan a la galería, y la más económica, es colocándolos en la galería. Ademas en la escritura de cancelación de hipoteca que he hecho (no así en la escritura del piso) dice que :"el acceso a la vivienda es a través de una galería que da a la fachada", por lo que entiendo que no lo he colocado en la fachada, aunque el administrador dice que si es fachada porque se ve desde la calle. En fin.

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Explicamos porque el tema no es sencillo.
Los aparatos de aire acondicionado puestos por tus vecinos no se pueden quitar porque llevan un numero de años suficiente para entender que la comunidad ha dado el consentimiento a los mismos.
Esto te puede servir de precedente para no quitar el tuyo alegando trato discriminatorio.
En principio, sin contar con los precedentes, toda persona tiene derecho a poner aparato de aire acondicionado. En el caso de que no haya más remedio que ponerlo en fachada los tribunales están admitiendo esa posibilidad.
Por tanto tienes dos argumentos fundamentales: los precedentes admitidos por la comunidad y la imposibilidad de poner el aire en otro sitio.
Otra cosa distinta es que tu aparato esté ocasionando molestias tales como ruidos vibraciones calor etc, en cuyo caso si lo prueba la comunidad te lo podrán quitar.

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