Separación de pareja de hecho en Cataluña

Desde hace aproximadamente 9 años somos pareja de hecho. Yo aporto a esta relación una hija de una anterior relación que en la actualidad tiene catorce años.
Nuestra relación empezó en agosto/99.Convivimos juntos en un piso que mis padres tenían alquilado y contribuimos por igual a los gastos comunes. Al año siguiente de iniciar nuestra relación. Él compro un piso he hizo la hipoteca a su nombre, gestionando en una cuenta a su nombre los gastos propios del piso, él cual, al poco tiempo alquiló; mientras seguíamos viviendo juntos en el piso de alquiler de mis padres.
En junio/2003 me pidió que unificáramos las cuentas y que yo formase parte de la cuenta donde se cobraba la hipoteca, accedí ya que cuando adquirió el piso, lo hizo para que fuera nuestra futura vivienda común.
Desde entonces he aportado todo mi dinero a esa cuenta, pero creo que legalmente en caso de ruptura de la convivencia no tendría posibilidad de recuperar el dinero aportado, ni reclamar que esa vivienda se adquirió para los dos (verbalmente).
Actualmente estoy contribuyendo al pago de la hipoteca(ingresando íntegramente mi nómina) y de varios prestamos que el ha solicitado y por contrapartida no consto legalmente en la escritura, ni estamos casados, ni tenemos hijos en común.
Por favor necesito su ayuda urgentemente ya que en una ocasión me hecho de su casa, y no pretendía darme ninguna compensación, me comentó lo que yo había aportado era como si hubiera pagando un alquiler. Y que el piso era suyo. Y que incluso él me podía reclamar los gastos de mi hija. ¿Increíble, no?
Bien púes retomamos la relación con la promesa de que nos íbamos a casar y ha formalizarlo todo legalmente, la excusa era que no había dinero suficiente para modificar la escritura pero que casándonos se solventarían los problemas e incluso haciendo testamento; ya han pasado casi dos años, y lo único que tenía eran los papeles del registro civil formalizándolos en enero 2007, pero que ya han prescrito (se ha pasado el plazo).
¿Les agradecería que me aconsejaran que opción es la mejor para mi en este caso?
¿Cómo puedo acreditar que he contribuido al pago de la hipoteca?
Y agradeciéndoles de antemano toda su ayuda.
Se despide atentamente.
Gusandia

2 Respuestas

Respuesta
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Estimada Gusandia:
Siento su situación que es ciertamente delicada. Vd. puede acreditar perfectamente que ha contribuido al pago de la hipoteca porque es titular de la cuenta bancaria en la que se cobra la misma. No sé la forma en que ingresa su nómina, si por transferencia o directamente por ventanilla. En todo caso, pida el movimiento bancario desde el año 2003 y vaya punteando los ingresos efectuados por Vd. y el correspondiente a los cargos de la hipoteca.
                   Sobre el piso no tiene ningún derecho, lo siento, al menos así lo veo yo. Lo que sí tiene es un derecho de crédito contra él. Es como si le hubiera hecho un préstamo y se lo puede reclamar, aunque va a contestar si se lo reclama judicialmente que con ese dinero se contribuía por mitades al mantenimiento de los gastos familiares. Lo que significa pleito y sin garantías de ganarlo.
                       Aparte de eso si ya ha pedido varios préstamos es muy probable que la situación económica de él sea difícil. Si no tiene un trabajo estable o es autónomo le va a ser complicado recuperar el dinero aunque ganase el pleito.
                     Mi consejo es que recapacite seriamente su situación personal y de pareja, pero o se va de la casa con su hija y se olvida de ese hombre o interpone una demanda de separación de pareja de hecho con salida de su compañero del domicilio conyugal por orden judicial y deja de ingresar la nómina en la cuenta corriente de la hipoteca pidiendo abogado en turno de oficio si sus ingresos permiten esta fórmula.
                     Ninguna de las dos es buena y perfecta pero peor es la que tiene ahora.
                  Lo siento sinceramente.
Ante todo darle las gracias por haber dedicado parte de su tiempo a mi consulta.
Si fuera posible me gustaría me ampliara la información sobre su respuesta.
Usted dice que se podría interponer demanda de separación de pareja de hecho con salida de mi compañero del domicilio conyugal por orden judicial. ¿Cómo sería posible esa solución si el piso es de su propiedad y además mi hija es de una anterior relación.En que se hecho se fundaría esa respuesta?
Además sobre el tema de los gastos comunes, ¿qué es lo que se considera gasto común?
Por ejemplo los gastos derivados de la manutención de mi hija, colegio, ¿etc se consideran comunes o bien son míos en exclusiva?
De la cantidad aportada por mi a esta relación, por ejemplo, al año yo he aportado 12000 euros, ¿cuál sería la cantidad que legalmente se consideraría como gasto común anual? ¿Correspondería la mitad?
Gracias por haber atendido mi consulta con tanto interés y le agradezco de nuevo la posible respuesta.
Atentamente.
Gusandia
Estimada Gusandia:
El piso puede ser de la propiedad de su pareja (que tampoco lo es porque hasta que no pague la hipoteca es del Banco) pero el domicilio conyugal es de ambos. Y Vd. reside en la casa con una menor de edad, así que el joven... puerta..¡ (Los tribunales lo primero que amparan, para eso interviene el MInisterio Fiscal, es a los menores) y el la aceptó en la casa con la menor.
Si a eso añade que esta pagando la hipoteca como si fuera una ONG. Sin ser propietaria de la vivienda y el resto de lo que me cuenta...
Vd,. Es pareja de hecho = mismos derechos y obligaciones que un matrimonio, y el estuvo muy contento con la mamá y la niña, y así lleva nueve años. Hay que estar a las duras y a las maduras amiga mía.
El resto de su pregunta no puedo resolverselo por esta vía. Tiene que ponerse en contacto con un abogado/a ( yo soy feminista, me encantan las abogadas y si tienen tenacidad y mal genio, personalizan el problema y en derecho de familia y matrimonio son verdaderamente temibles) plantearle su problema, indicarle la situación de desamparo en que se encuentra ante el temor constante de ser echada de la casa, cuéntele sinceramente todo y con una demanda bien razonada es muy probable que prosperen sus pretensiones.
No olvide que si él deja de pagar la casa y el Banco inicia actuaciones judiciales para adjudicársela en subasta, en ocho o diez meses Vd. tendría que dejar la vivienda.
Suerte porque su situación es delicada pero lo primero es su hija.
Le agradezco enormemente el tiempo y dedicación que me ha prestado con motivo de mi consulta.
De corazón le digo que estoy muy agradecida, que admiro y valoro lo que ha hecho por mi . Y aunque no tengo otra manera de agradecérselo que escribiendo estas pocas líneas, me satisface enormemente que siga habiendo en el mundo personas que altruistamente ayudan a los demás en tiempos de dificultad.
Si hubiera algo que humildemente yo pudiera hacer por usted, estaría a su entera disposición.
Gracias de corazón por todo lo que ha hecho por mi y sin más me despido de usted, eso si con un enorme respeto y admiración hacia su persona.
Gracias por todo.
Atentamente.
Gusandia
Respuesta
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No estáis casados y aunque lo estuvierais el régimen legal en cataluña es el de separación de bienes. Por tanto el piso es suyo al 100%, y unicamente tu en caso de ruptura de convivencia le podrías reclamar la totalidad de lo que has puesto para pagar el piso suyo.
Si tenias cuenta en común, hay gastos que entenderíamos que eran para el sostenimiento de las necesidades familiares y otro dinero para el pago de la hipoteca de su piso, entiendo que estas cantidades te las debería devolver.
Aunque ya se sabe que es mejor un mal arreglo que un buen pleito y más en este tema tan difícil de delimitar las cantidades del piso y de las necesidades familiares
Muchas gracias por la respuesta . Supongo que no será fácil si llegase el momento demostrar que cantidad es para los gastos comunes y que cantidad es la que se emplea para el pago de la hipoteca. Creo que sería conveniente revisar toda la documentación,"in situ".

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