Men han despedido con 20 días (despido objetivo) siendo representante de los trabajadores

En enero de este año, me echaron con despido objetivo, junto a otro compañero ( trabajábamos ambos en un cine como operadores de cabina), alegando que se tenían que amortizar ambos puestos, ya que en el 2012 se instalaron proyectores digitales, los cuales "según ellos" ya no se necesita tener operadores.

Lo tengo todo en manos de mi abogado, pero me gustaría tener una segunda opinión, si son tan amables, para saber si tengo posibilidades en el juicio.

Yo era representante de los trabajadores con el mandato en vigor, el cual me cumpliría ahora en mayo.

También decir que no se me notifico mi despido y el de mi compañero en ningún momento hasta que recibimos la carta de despido el mismo día en cuestión.

Por ahora me esta ofreciendo unos 10 días mas, y me gustaria saber si me aconsejan llegar hasta el final.

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Aunque la emprarse puede despedir a un representante de los trabajadores cuando la causa del despido esta justificada como por ejemplo para causas económicas, para amortizar el, o los puestos de trabajo del, o de los trabajadores despedidos, y el representante de los trabajadores es el ultimo trabajador que queda en la empresa, en primer lugar la empresa tiene la obligación de comunicarte el despido por escrito y con 15 días de antelación, explicando la causa del despido y la fecha de efectividad, el incumplimiento de la comunicación por escrito, es causa de nulidad del despido ademas, los representantes de los trabajadores, tienen prioridad de permanencia, y no pueden ser despedidos mientras quede un solo puesto de trabajo de su categoría profesional, a no ser que el despido se produzca por in incumplimiento grave y culpable de las obligaciones del trabajador o lo que es lo mismo por causas disciplinarias.. Por lo tanto, la empresa a incumplido el articulo 53 punto 1 del ET, por lo que las posibilidades de que se declare el despido nulo y ganes la demanda, son muy elevadas, pero tienes que consultar con tu abogado, que es lo que mas te puede interesar, si aceptar un trato con la empresa si el trato es un trato que te beneficia, o seguir con la demanda hasta el dictamen de la sentencia, porque si la empres formaliza un buen trato lo mas aconsejable es que cierres el trato con la empresa, y si el trato no te interesa o no te da garantías de que le va a cumplir, tira para late sin pensártelo dos veces.. Animo y buena suerte.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a49

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