Día 26 de Diciembre y 2 de Enero

Ando algo dudoso con este tema, espero que me podáis ayudar. Trabajo en un pequeño comercio de venta de películas, videojuegos e informática, en mi contrato pone que estoy amparado por el convenio colectivo de Comercio G.VI. Lo he estado leyendo, pero no me ha dado mucha solución. Mi duda es la siguiente he mirado por internet el calendario laboral y dicen que los días mencionado en el titulo son festivos, ya que los días festivo 25 Diciembre y 1 Enero caen en Domingo, y así pues pasan el lunes. Entonces mi empresa ha decidido abrir esos día ya que algunos centros comerciales van abrir, ¿yo estaría obligado a ir? ¿O podría decirle que no quiero trabajar esos días, puesto que son festivos? ¿. Esto lo pregunto puesto que en la empresa se ha estipulado de esta manera, sin pregunta previa, es decir se da por hecho que tengo que ir, esto se cuenta como horas extras? ¿
Ademas otra pregunta, donde podría encontrar este tipo de convenio. He buscado un montón de veces y no doy con nada a lo escrito, lo más parecido ha sido uno que es de comercio en general de mi provincia del 2010, pero nada más.

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De acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores [RD 1/1995], ley aplicable a todas las relaciones laborales por cuenta ajena, en su artículo 37.2 es cita:
"2. Las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales. En cualquier caso se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de mayo, como Fiesta del Trabajo, y 12 de octubre, como Fiesta Nacional de España.
Respetando las expresadas en el párrafo anterior, el Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas de ámbito nacional que tengan lugar entre semana, siendo, en todo caso, objeto de traslado al lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan con domingo."
En este 2.011 el calendario laboral así lo marca. el 26/12 y el 2/1 son festivos. De no cogértelos estarías trabajando 2 días más que el año pasado (por ejemplo) y tu jefe facturando 2 días más que el año pasado... esta bien que él mejore su facturación, pero lo justo es que te sean pagadas las horas trabajadas como extras porque sino las estarías regalando.

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