Nos despiden a todos y nos mandan a fogasa.

Mi empresa nos ha despedido a todos, somos 26 trabajadores, esta en concurso de acreedores y dice que no puede hacerse cargo del finiquito y de la indemnización por despido, 20 días por 12 meses, nos han echo el certificado para reclamar a fogasa el 40% de esa cantidad y nos dicen que el 60% restante no nos lo van a abonar integro porque no va a haber dinero, todo esto antes de llevar a cabo la liquidación de bienes de la empresa.
Según tengo entendido yo si el empresario resulta insolvente el fogasa en todo caso responde ademas del 60% restante, ¿esto es así?.

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El FOGASA se hace cargo del pagado directo de hasta el 60% de la indemnización de 20 días  por causas económicas técnicas organizativas y de producción, en las empresas de menos de 25 trabajadores independientemente de que la empresa este en concurso de acreedores o haya sido declarada insolvente por resolución judicial y el contrato de trabajo sea indefinido.. En todo caso, si el empresario resulta insolvente el FGS responderá además del 60% restante. De todas formas si la empresa esta en concurso de acreedores y no dispone de recursos económicos suficientes para hacer frente a la totalidad de las deudas el FOGSA se hace cargo de los 20 días por año de servicio en la empresa por un máximo de 12 mensualidades, pero tienes que tener en cuenta que si la empresa ni esta en concurso de acreedores ni a sido declarada insolvente por un juez para que intervenga el FOGASSA y podáis cobrar tenéis que demandar a la empresa, porque para que os pague el FOGASA la deuda tiene que ser reconocida o en acto de conciliación o en sentencia judicial pero de todas formas cualquiera que se acerque al FOGASA puede recabar toda la información que necesite para conocer al detalle como interviene el FOGASA en los casos de insolvencia empresarial.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo.

http://www.empleo.gob.es/fogasa/faqs.html

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Siempre que la Empresa sea declarada insolvente mediante Sentencia Judicial sí.

En cualquier caso has de saber que el FOGASA tiene un tope máximo de indemnización, fijado para el año 2012 en 18.173,35 EUROS, por lo que si la indemnización que le corresponde es mayor no tendrá derecho a reclamársela al FOGASA.

¿Que es necesario para que una empresa sea declarada insolvente mediante una sentencia judicial?, ¿que tramites hay que seguir?.

Es necesario un procedimiento concursal, es un tipo de procedimiento judicial en el cual básicamente se trata de determinar a quién debe dinero la empresa, si ha existido o no una administración culpable, liquidar el patrimonio de la empresa y repartirlo entre los acreedores.

Ahora mismo mi empresa esta metida de lleno en un concurso voluntario, estamos pendientes de la liquidación del patrimonio, no obstante ya nos han dicho que no habrá para pagar a todo el mundo y que nosotros solo cobraremos el 40% de fogasa, aun siendo una empresa de 26 trabajadores, la verdad es que nos están volviendo locos,

El 40%del FOGASA si ha habido acuerdo en el despido y no hay controversia ya puedes solicitarlo, el 60% restante en tanto que no se haga la liquidación no podrás.

Mucho ánimo.

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