No quieren pagarme 3 días que trabajé en un restaurante.

Empecé a trabajar en un restaurante, había acordado de forma verbal con el propietario las condiciones del contrato, concretamos que al cabo de dos días firmaría el contrato. Tenían mucha urgencia en que empezase al día siguiente, así que sin haber firmado el contrato y fiándome de la palabra del propietario comencé a trabajar. Al cabo de 3 días trabajando allí, recibí el contrato y no tenía nada que ver con las condiciones anteriormente establecidas. El sueldo era mucho mas bajo y el cargo también. Así que les dije que no era lo pactado y que por lo tanto no me interesaba seguir trabajando allí, ya que había faltado a su palabra y me pareció muy poco serio e irrespetuoso por su parte. Le dije que a la semana siguiente iría a cobrar los 3 días trabajado y dijo que de acuerdo, que ningún problema. Y cuando me puse en contacto con el, me dio largas unos días, hasta al final decirme que no creía que debía pagarme nada, porque me fui de un día para otro. Ese es su motivo, que para mí, no tiene ningún sentido, ya que fue el propietario quién faltó a su palabra. Yo cumplí con mi obligación de trabajar según el acuerdo y él no ha cumplido con su parte. Muchas gracias y espero que puedan dar-me consejo.

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El empresario se está basando en una baja voluntaria por parte de usted sobre el hecho de que usted le manifestó que no quería trabajar en esas condiciones, en cuyo caso, con la Ley en la mano, no tiene que pagar indemnización alguna. No quiero decir que eso sea o no cierto, sino que es la postura del empresario.

Siempre es aconsejable la firma de un contrato de trabajo previo al inicio de la actividad, aunque no menos cierto es que si se inicia un trabajo bajo unas condiciones pactadas de palabra, eso no deja de ser un contrato verbal válido. En dicho caso, para demostrar la existencia del contrato se puede hacer valer de algún testigo que escuchara la conversación o que le viera trabajando por allí (no tiene que ser empleado del restaurante, puede ser un cliente). También puede acreditar su vinculación a la empresa por medio de informe de vida laboral si es que le dieron de alta en la Seguridad Social.

Demostrada la existencia de un contrato, se podría estudiar la existencia de modificaciones del contrato de trabajo para ver si prosperaría por reunir los requisitos y desplegar sus efectos.

Sin embargo, tiene que tener en cuenta usted dos aspectos:

1. El plazo para reclamar es de 20 días hábiles desde el despido. Si han transcurrido más de 20 días hábiles, poco puede hacer.

2. Su antigüedad en la empresa es de 2-3 días, de modo que le puede salir más caro el collar que el perro.

Mi consejo es que intente "asustar" (muy entre comillas) al empresario haciéndole creer que va a ir usted con todas las de la Ley. Primeramente enviándole una comunicación escrita donde le reclama la cantidad que le corresponde (lo ideal sería un burofax, pero volvemos a lo que le decía en el punto 2, de modo que le puede valer también una carta certificada y con acuse de recibo). Si no obtiene respuesta, puede usted ir más allá y presentar una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de su localidad (siempre y cuando no hayan mediado más de 20 días hábiles desde el despido) y presentarse en el acto de conciliación. Ya lo siguiente sería interposición de demanda en el Juzgado, pero si la cantidad debida es pequeña, no le va a compensar.

Quedo a su disposición para cuanto necesite

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