Fraude en contrato de formación y aprendizaje

He estado leyendo otras preguntas, pero no han solventado todas mis dudas por lo que voy a exponer mi caso.

Soy uno de los "afortunados" en haber encontrado un trabajo, pero este me ofreció un contrato para formación y aprendizaje el cual señala que la actividad laboral vinculada a dicho contrato es de "dependiente de comercio en general" el cual esta incluido en el grupo profesional " aprendiz".

Bien aquí encontramos el primer fraude. Actualmente mi puesto de trabajo no corresponde al de dependiente. Trabajo en una óptica en la cual estoy ejerciendo como encargado de taller y montaje de gafas exclusivamente. El cual me parece que el contrato ya podría considerarse como nulo o fraude.

La consiguiente es las horas de ejecución de trabajo, en el contrato de formación y aprendizaje de 2012 como medida para solventar la tasa de paro juvenil, indica expresamente que la jornada será el 75% de las horas máximas pactadas en el convenio, es decir de 40 horas serán ejecutadas 30. En el cual encontramos la segunda estafa, me están haciendo elaborar las 40 horas integras, de las cuales voy haciendo fotografías de los partes de horarios semanales para tener pruebas consistentes ante la posible denuncia ante el tribunal de lo social.

También he de citar que en mi contrato refleja que mi jornada será de lunes a sábado en horario partido, del cual la empresa pacto conmigo de hacer 8 horas diarias y tener libre el miércoles (en el momento de acordar esta condición desconocía el contrato que iba a firmar). Pero, ahora a vísperas de navidades me han señalado que me tocará trabajar domingos, los cuales son ilegales según mi modalidad de contrato y no me dejan pactar mis beneficios a la hora de trabajar dichos domingos, dejándome solo dos días libres en vez de darme la elección entre recibir una retribución de 105€ o los días libres según marca mi convenio.

Por otra parte me están obligando ha asistir a reuniones quincenales de una hora de duración sin ningún tipo de renumeración, a demás que queda redactado implícitamente en el BOE que bajo ningún caso pueden obligarme ha hacer horas extras.

Otro caso ha exponer son las vacaciones, de las cuales no me están facilitando mi derecho ha elección de los 15 días, como refleja el convenio colectivo de comercio metal Castellón en el cual se refleja.

También en mi convenio refleja que dispongo de una paga extra en marzo del cual la empresa ha negado la existencia de dicha paga.

Y por último la formación, a parte que no me dan el tiempo que de por ley me deberían de dar para formarme a través de un organismo concertado por el ministerio en el cual se rige en mi contrato. Por lo cual debo hacer dicha formación en mi casa en los pocos ratos libres de los que dispongo.

Mis dudas son las siguientes.

a) ¿Qué debo hacer? ¿Lo denuncio ahora y al ser un fraude me hacen indefinido con las consecuencias de un posible abuso laboral? O ¿Me espero a final de contrato para demandar a la empresa y así cobrar las horas trabajadas no retribuidas y una indemnización por fraude de contrato del cual sería transformado en fijo y también pagarme debidamente sobre el puesto cubierto real y no el de dependiente?

b) En el caso que lo denuncie ¿podrían despedirme sin pagarme las mensualidades pendientes hasta la extinción del contrato?

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Como ya lo tienes muy claro de que se trata de un contrato en fraude de ley y como la empresa a modificado una parte importante de las condiciones pactadas en el contrato de trabajo, tienes dos opciones entre las que puedes elegir la que mas te convenga
1º Opción:si lo que quieres es que te hagan indefinido no hace falta que esperes a que te despidan o finalice el contrato de trabajo, puedes seguir con la actividad laboral como lo as venido haciendo hasta hoy en día, y presentar una papeleta de conciliación solicitando la conversión del contrato temporal en contrato indefinido, la papeleta de conciliación la puedes presentar cuando quieras siempre que lo hagas mientras sigas en la empresa..,
2ª Opción:Si no quieres continuar en la empresa puedes esperar a que finalice el contrato de trabajo y después demandar a la empresa por despido improcedente porque la extinción de la relación laboral ya no es como consecuencia de la finalización de un contrato de trabajo temporal si no que la extinción del contrato de trabajo es como consecuencia de de un despido improcedente al tratarse de un contrato de trabajo en fraude de ley, y la indemnización es la que corresponde por un despido improcedente y no por la finalización del contrato de trabajo en este caso el plazo para interponer la demanda por despido improcedente es de 20 días hábiles a partir del día siguiente de la finalización del contrato de trabajo.. En el supuesto que denuncies a la empresa y te despidan por ese motivo el despido seria declarado nulo, porque la empresa habría vulnerado un derecho fundamental recogido en la constitución Española como es el derecho a reclamar el cumplimiento de la legislación laboral y el respeto a los derechos de los trabajadores además estarías protegido por lo que se denomina, garantía de indemnidad.. Pero hagas lo que hagas primero asesorate muy bien en un sindicato algún profesional del derecho laboral, para que no des palos de ciego y sepas en cada momento como tienes que proceder, y no dejes de seguir acudiendo al trabajo hasta que se resuelva el contencioso laboral.:Espero que la respuesta te sirva de ayuda. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo...

Contrato en frude de ley:http://laboro-spain.blogspot.com/2009/09/los-contratos-temporales-en-fraude-de.html

Muchas gracias, eso haré iré al sindicato y a un abogado social, para que estudiemos el caso. Es una lástima que con la que está cayendo tengamos que sufrir estos litigios...

Me ha encantado la rapidez a la que has atendido y las molestias al pasar los enlaces, ya que estos temas se hacen bastante empantanosos para los que no somos del oficio.

Una vez más, muchas gracias !

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