Aunque las trabajadoras con reducción de jornada laboral por el cuidado de un menor o de un familiar minusválido por ley están protegidas contra el despido improcedente es decir cuando no hay causa justa para el despido, sin embargo esa protección desaparece cuando el despido se produce por causas económicas siempre que dichas causas se puedan acreditar, se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de perdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.. En una situación como la descrita se puede proceder al despido del trabajador/dora) independientemente de que el trabajador/dora) se encuentre con reducción de jornada por el cuidado de un menor ya que el despido se produce por una causa ajena a la situación personal de la empleada y en esas circunstancias la dirección de la empresa esta legitimada para aplicar los despidos que sean necesarios para amortizar en la medida de lo posible las perdidas de la empresa. La indemnización por despido objetivo por causas económicas conlleva una indemnización de 20 días por año y un tope de 12 mensualidades el despido se tiene que comunicar por escrito explicando las causas del mismo con 15 días de antelación aunque los 15 días se pueden sustituir por una indemnización equivalente a 15 días de sueldo, la Puesta a disposición de la empleada la indemnización de veinte días por año de servicio simultáneamente a la entrega de la comunicación escrita si no dispones de dinero se lo tienes que comunicar en la misma cata de despido algo que puede implicar una demanda por impago ademas hasta la fecha del despido la tienes que conceder una hora diaria retribuida para que la dedique a buscar otro empleo, todos estos requisitos son de obligado cumplimiento porque si no lo haces de esa forma el despido sera declarado nulo hasta que cumplas con dichos requisitos de todas formas y para tu mayor seguridad lo mas aconsejable es que antes de adoptar ningún tipo de decisión te informes en alguna gestoría de abogados laboralistas para que te informen de como tienes que proceder para aplicar un despido procedente por causas económicas deforma que si se produce una demanda contra ti por parte de la empleada tengas cubiertas las espaldas.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..
http://www.laboralistas.accionlegal.net/apuntes_de_despido_objetivo.html