ERTE y nóminas pendientes

La empresa en la que trabajo va a realizar un ERTE que ha solicitado a aplicar en varios centros de trabajo, van a rotar los trabajadores sin trabajar durante un mes o dos. Nos deben mas de siete nóminas y las pagan fraccionadas, no sabes cuando ni cuanto vas a cobrar; un mes cobras 500 € el día 5 y otro 700 @€ el día 24, no recuerdo un mes de cobrar completar una nómina entera. Sé que antes tenía derecho a pedir la rescisión de contrato con indemnización de 45 días de antiguo y 33 días del último año. Mi duda es si pido ahora la rescisión al haber un ERTE, donde la empresa justifica pérdidas, ¿puedo tener una indemnización inferior por estar inmerso en el ERTE o tengo los mismos derechos?. Esta situación viene de hace más de tres años.

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Ahora ya no puedes solicitar la rescisión del contrato de trabajo, por causa justa o por incumplimiento de las obligaciones del empresario, con una indemnización equivalente a la del despido improcedente y el acceso al al cobro del desempleo, articulo 50 .. La rescisión la tenias que haber solicitado mediante presentación en el SMAC de papeleta de conciliación por reclamacion de cantidad y otra papeleta de conciliación, solicitando la rescisión voluntaria del contrato de trabajo, por falta de pago, antes de que te incluyeran en el ERTE, porque una vez incluido en el ERTE no tienes derecho a solicitar dicha rescisión porque el ERTE no es una extinción definitiva del contrato de trabajo si no que de momento y hasta que se solucione la situación de la empresa, lo que se produce es una suspensión temporal hasta que se corrija la situación económica de la empresa o hasta que se produzca la extinción del contrato de trabajo dicha situación no mejora, y la indemnización seria de 20 días por año y un maximizo de 12 mensualidades.. De todas formas si tienes alguna duda la respecto, puedes informarte en un sindicato o en la inspección de trabajo y seguridad social..

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