Embarazada de 27 semanas, contrato trabajo en centro comercial con fin en 1 mes.

Estoy un poco perdida. Estoy embarazada de 27 semanas, mi contrato en un centro comercial termina en un mese, por lo que podría estar de baja ya por riesgo según mi convenio. Mi pregunta es si ¿una vez de baja por la mutua por el embarazo, me pueden despedir? Si o no. ¿Si me despiden sigo cobrando? Y si acabo el contrato el contrato sin darme de baja. ¿Qué prestación tendría?

En definitiva que me vendría mejor, porque tal como esta el panorama laboral, no esta la cosa como para no tener ingresos durante los últimos meses y la lactancia.

1 respuesta

Respuesta
2

Según la legislación laboral, l empresas esta legitimada, para proceder a la extinción de tu contrato de trabajo aunque estés en situación de IT por embarazo, si la empresa no esta interesada en renovarle cundo se produzca la fecha de vencimiento del contrato de trabajo, por lo que de producirse dicha extinción, tu seguirías, cobrando la baja por maternidad, que la continúa pagando el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) hasta finalizar el plazo de las 16 semanas (los cuatro meses de maternidad) o tener el alta médica. Esto es lo general, pero hay empresas que tienen acuerdos con las Mutuas, que son las que pagan en lugar del INSS. Hay que preguntar en la empresa. Durante la baja por maternidad tanto si te renuevan como si no te renuevan, seguirás cobrando el 100 por cien de la base de cotización del mes anterior al del la baja, y cuando se termina el periodo de baja por maternidad, se abre el plazo de 15 días sin contar domingos ni festivos, para solicitar las prestaciones por desempleo siempre que el trabajador tenga derecho a ellas por cumplir los requisitos de cotización, 360 días etc.. Por lo tanto, no se descuenta del tiempo de duración del paro los días en que la madre estuvo en baja por maternidad,
* Ejemplo: Lucía tiene un contrato temporal con turrones El Oso” hasta el 31 de enero. Antes de que termine su contrato se queda embarazada y estará de baja por maternidad del 1 de enero al 1 de mayo (16 semanas). El contrato con la empresa se le termina el 31 de enero, cuando llevaba 1 mes de baja cobrando del INSS o la Mutua. Lucía comunica su situación en la oficina de empleo.Aunque ya no pertenece a turrones El Oso”, su baja la continúa pagando el INSS o la Mutua hasta el 1 de mayo. En ese momento, Lucía deberá ir a la oficina de empleo y como tenía exactamente 360 días cotizados, solicitar la prestación por desempleo, que se la conceden durante 4 meses. No le descontarán ninguno de los meses en que estuvo cobrando la baja por maternidad después de cesar en el trabajo.Espero que la respuesta te sirva de ayuda..Si no necesitas ninguna aclaración,no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas