Convenio Hostelería-Castellón (Recepción)
Quería preguntar una duda que tenemos.
Nosotros trabajamos festivos, por lo que lo acumulamos como días de recuperar, uno por uno, cualquiera que sea el festivo.
Cuando podemos lo recuperamos, es decir, hay semanas que ponemos 3 días de recuperar (los festivos) y a parte el día libre de la semana, pero nos ha dicho el jefe que si recuperamos 3 días ya no tenemos derecho al descanso semanal...
¿Cómo puede ser?
Entonces estamos regalando uno de los días festivos.
¿Cómo podríamos saberlo para que no nos tomen el pelo?
Gracias!
(El convenio que he encontrado último es en:
http://convenios.jurídicas.com/convenios/hosteler%C3%ADa-convenio-colectivo-2008-2011-castellon.html#a11)
Artículo 11. Fiestas abonables.
Las Empresas procurarán que el trabajador disfrute de tales días
festivos. Ahora bien, sí por necesidades de trabajo hubiere que trabajar
los días festivos abonables, éstos o le serán abonados con el 75 por
ciento de recargo, o bien podrá acumularlos al período de vacaciones
anuales, o disfrutarlos como descanso continuado en período distinto, al
que se sumarán los correspondientes días de descanso semanal, en las
dos últimas opciones.