Festivos abonables

Trabajo en un hotel, convenio hostelería, y necesitaría saber si los festivos abonables que "no" trabajo, ya porque esté en mi día de descanso semanal o vacaciones, también me los tiene que compensar la empresa, bien económicamente o bien con otro día libre, es decir si la Ley dice que tenemos 14 festivos anuales, se trabajen o no, me los tendría que compensar la empresa o solo los trabajados.

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Si que te pertenecen los festivos aunque no los trabajes, los puedes disfrutar como vacaciones los quince días juntos, recuperar junto a tus días de descanso semanal o abonados, depende de como se haga en tu empresa.

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