Contrato anulado por horas del GPS

Tengo un contrato con una empresa y bastantes problemas con ella, resulta que unicamente me tienen en cuenta las horas en las que el vehículo está arrancado y en movimiento. Tengo un recorrido que realizar todos los días con un contrato con diferentes funciones, con su hora de entrada y salida.
Es decir: Contrato por escrito de 8:00 a 14:00, pero en el día a día, después de revisar el vehículo y repasar la ruta y demás, arranco el vehículo a las 8:20 y realizo diferentes paradas y arrancadas hasta las 14:15 que es cuando apago definitivamente el vehículo, pero después tengo que limpiarlo y realizar otras tareas por lo que suelo finalizar a las 14:40
La empresa dice que realizo 5 horas 55 minutos (de 8:20 a 14:15 que es lo que marca el GPS) y que le debo tiempo de trabajo, pero yo me ciño a que me deben los 40 minutos diariamente.
Voy a realizar una demanda de cantidades, son muchas horas al año.
¿Ven factibles las posibilidades de ganar el juicio?
El vehículo al no estar en movimiento el tiempo de limpieza, ¿cómo se podría justificar?

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Tu te tienes que atener al contenido del contrato de trabajo, ni mas ni menos, y como en tu contrato de trabajo el horario o la jornada laboral queda establecida de 8:00 a 14:00 horas y en el contrato de trabajo que tu as firmado con la empresa no hay ningún apartado o clausula, por el que te veas en la obligación de trabajar durante 30,40, o, 50 minutos de mas al día para el mantenimiento del vehículo, estas en tu derecho de reclamar todas las horaste haga trabajar la empresa de mas, una vez finalizada la jornada laboral pactada en el contrato de trabajo.. Por lo tanto, el tiempo o las horas necesarias para mantener el vehículo de la empresa tendrá que ser el tiempo o las horas de la jornada de trabajo ordinaria, porque a partir de la finalización de tu jornada laboral todo el tiempo o las horas que trabajes de mas, la empresa te las tendrá que abonar como horas extraordinarias así que si estas dispuesto a reclamar lo que te pertenece deberías de consultar con un sindicato o con un abogado particular o de oficio para que te asesoren adecuadamente y te tramiten la demanda.. En cuanto a lo de la forma de justificar si el vehículo esta en movimiento o parado lo siento mucho pero no se que responderte porque no tengo ni idea espero que alguien te lo pueda decir suerte y un saludo muy cordial..
Lo tengo consultado en el sindicato y a punto de llevarlo adelante una vez la empresa me facilite los marcajes del GPS, pero el abogado ha asegurado que los jueces primordialmente se van a ceñir a las horas registradas por lo que me ha defraudado bastante pareciendo que he trabajado de más por amor al arte. Habiendo un contrato por escrito, los jueces pasaran por alto el contrato donde se concreta el horario?? Por jornada tengo bastantes horas de más al año pero muchas de ellas invertidas en el mantenimiento del vehículo, difícil de demostrar, pero son funciones de mi trabajo.
Yo no se que interpretación a echo el abogado del sindicato que te a asesorado, pero tu tienes un contrato donde se especifica muy claramente tu jornada de trabajo, por lo que lo que tiene que primar es el contenido del contrato de trabajo porque es un acuerdo que firman las partes antes de iniciarse la actividad laboral porque si tu firmas un contrato y después de firmado la empresa incumple parcialmente contrato utilizándola en su beneficio y encontrá de tus derechos ese contrato de trabajo es un contrato fraudulento y la persona defraudada no solo tiene derecho a denunciar el fraude sino que también tiene derecho a rescindir dicho contrato con todos los derechos que le asisten como la indemnización por despido improcedente y el derecho a la prestación por desempleo. Así que dile al abogado del sindicato que pelee un poco mas por defender tus derechos..
Muchas gracias. Dudaba que el gps tuviese más importancia que un contrato laboral, por lo que lo llevaré adelante y esperemos que el abogado del sindicato ponga más de parte.
Un saludo.

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