Te pueden cambiar de jornada completa a jornada parcial

Tengo varias dudas y que en donde trabajo están cambiando directamente a la mayoría de los trabajadores de jornada completa a jornada parcial y quisiera saber si eso es legal, tengo compañeros que se han negado y se han ido con 20 días al año y el paro. Si me pasara a mi y yo me negara a cambiar de j. Completa a j. Parcial y denunciara porque no estoy de acuerdo con los 20 días por año, ya que ellos mismos me rescinden el contrato de jornada completa y me hacen uno nuevo de jornada parcial, al no indemnizarme el que yo ya tengo, podría sacar algún día mas por no aceptar.

Muchas gracias.

P.D. Este es el texto que ponen cuando te lo notifican antes de darte el contrato nuevo: pasara a desenpeñar sus tareas en fines de semana y festivos y reduciéndose su jornada y salario a un 47% y siendo su nuevo horario de 22:00 a 5:00 horas los días indicados.

Ahora mismo mi horario es de lunes a viernes de 7:00 a 14:00 horas.

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Lo que pretenden hacer con usted es una modificación del contrato de las previstas en la Ley. Pero hay que tener en cuenta una cosa muy importante: este paso de jornada completa a jornada parcial o media jornada SOLAMENTE será posible si usted está de acuerdo. Es decir, que si la empresa le amenaza con despedirle si no firma o prácticas habituales similares, no tema al despido, pues será improcedente. Llegado el caso de que le ofrezcan esto y en respuesta a su consulta, tiene usted varias opciones:

1. Aceptarlo sin más, pasando a trabajar de jornada completa a media jornada.

2. No aceptarlo y requerir (preferiblemente por medio de abogado para que la empresa no interprete lo que quiera y le despidan) la rescisión del contrato de trabajo con derecho a una indemnización de 20 días por año de servicio con un tope de 9 mensualidades.

3. "Aceptar" el cambio y trabajar a media jornada pero, simultáneamente al trabajo a media jornada, impugnar por medio de demanda ese cambio para que le restituyan en sus anteriores condiciones. Esta opción parece ser la ideal porque se sigue trabajando en la empresa y, si un Juez da la razón, en las condiciones de antes. El problema que plantea es que si la empresa consigue demostrar que el cambio ha sido por razones objetivas, no se conseguirá lo pretendido.

Por tanto, las opciones más viables entiendo son la 1 o la 2. La 1 si el trabajo es muy necesario para vivir y no hay otra fuente de ingresos ni otro trabajo a la vista y la 2 si quiere uno salir de la empresa con una indemnización, cobrando el paro y esperando que salga otra cosa.

Quedo a su entera disposición para que, sin compromiso, me contacte a través de nuestra web www.lariosabogados.es

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