Pago determinacion contingencias

Me ha llegado una resolucion
De Determinacion de Contingencias
Favorable. Estuve de baja por AT
Del 2 d Enero hasta 27 de Enero
2012.. La Mutua laboral me dio el
Alta por curacion y no era asi,
empece de baja por CC el 28 de
Enero hasta el 4 de Abril 2012.
La Resolucion indica: el periodo del
28 de Enero hasta 4 de Abril es por
AT y que el pago de diferencias debe
Hacerlo la Mutua.
Mi problema es que la Mutua me
Ha dicho que quien debe
Abonarme la diferencia es la
Empresa, sigo trabajando en esta,
pero la Empresa dice que es la
Mutua y entre una cosa y otra ya
Han pasado 2 meses y nadie se
Hace cargo de abonarme las
Diferencias.
He llamado al INSS y dicen q es la
Mutua quien debe abonarme la
Diferencia, pero consultando foros
Me han dicho que al seguir
trabajando es la empresa.. Estoy
Hecha un lio.
¿Aclararme a quien debo reclamar y
que opciones tengo?

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Aunque la empresa tenga concertada las contingencias por incapacidad temporal con la mutua quien te tiene que pagar es la empresa mediante el pago delegado es decir la empresa adelanta el dinero de la prestación por IT y luego ese dinero se lo descuentan cuando la empresa acude a hacer efectivo el pago de los boletines de cotizaciones de la seguridad social.. Por que lo tanto aunque es la mutua la que cubre la prestación por IT quien te tiene que pagar es la empresa mediante el pago delegado.. Por lo tantoque no te digan en la empresa que ellos no te tienen que pagar por

Aunque la empresa tenga concertada las contingencias por incapacidad temporal con la mutua quien te tiene que pagar es la empresa mediante el pago delegado es decir la empresa adelanta el dinero de la prestación por IT y luego ese dinero se lo descuentan cuando la empresa acude a hacer efectivo el pago de los boletines de cotizaciones de la seguridad social.. Por que lo tanto aunque es la mutua la que cubre la prestación por IT quien te tiene que pagar es la empresa mediante el pago delegado.. Por lo tanto que no te digan en la empresa que ellos no te tienen que pagar, la diferencia por la determinación de contingencias, porque los que tienen que adelantar el dinero de la prestación por IT son precisamente los empresarios y el dinero adelantado se lo descuentan cuando van a pagar las cuotas de la seguridad social de sus empleados, por lo que tendrás que decir al responsable de la empresa que o te paga la diferencia o te vas a ver obligada a interponer una demanda ante el SMAC por reclamación de cantidad, y ya veras como te pagan, la diferencia.. De todas formas para que lo puedes ver tu misma entrando en el enlace de l Seguridad social que te dejo a continuación:http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Incapacidadtemporal/RegimenGeneral/Reconocimientodelde28370/index.htm :Espero que la respuesta te sirva de utilidad.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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