Sin subrogación.

Voy para tres años trabajando en la limpieza de cristales mediante un contrato fijo en Centros de Salud; hubo concurso de empresas que debía realizarse en febrero y fue en julio cuando definitivamente se dio el resultado en el que la empresa que funcionaba perdió y comenzó una nueva, con la consiguiente surrogación del personal.
De los 8 cristaleros subrrogaron solo a 6, dejando a un compañero que había entrado a trabajar mucho después que yo. El Jefe de Recursos Humanos me entrega una carta y me dice que lo siente pero que no me subroga, que sabe que denunciaré a ambas empresas y que se verá seguramente obligado a readmitirme, pero me ntrega la carta con una burda justificación de que por no cumplir los requisitos del Convenio Colectivo de Trabajo de Limpieza de centros de Salud.
Con las vacaciones programadas para el cuatro de julio y con un viaje al exterior planificado, me da tiempo para denunciar a través del abogado del sindicato a las dos empresas.
La empresa anterior no me da certificación laboral para el paro por lo que la denuncio en el INEM y ahora se tramita este certificación para poder cobrer el paro hasta el 11 de octubre que es cuando se producirá el juicio, pues a la concialiación no asisitió una de las empresas.
Mis preguntas:
¿El juez les obligará a subrogarme, y si es así, como me dijera el Jefe de Recursos Humanos, que ganaba la empresa sometiéndome a todo este proceso de denunciarles, etc.?
¿Quién me tiene que pagar si no me subrrogan, la empresa nueva o la vieja, o eso lo decide el juez?
¿La empresa nueva, si el juez le obliga a subrogarme, tiene derecho a despedirme improcedente y pagarme y hacerme perder el puesto de trabajo?
¿Pueden ellos despedirme, pagarme despido improcedente y poner trabajadores suyos en ese puesto como cristaleros?

1 Respuesta

Respuesta
Es muy probable que la empresa se vea obligada a readmitirle y entender que se ha subrado en el contrato.
Por lo que se refiere a quién le pagará, será la empresa nueva, no obstante, tenga en cuenta que si ha estado cobrando el paro, sólo cobrará la diferencia entre paro y el salario.
Efectivamente si la empresa nueva le readmite puede volver despedirle con un improcedente en cualquier momento.
Voy para tres años trabajando en la limpieza de cristales mediante un contrato fijo en Centros de Salud; hubo concurso de empresas que debía realizarse en febrero y fue en julio cuando definitivamente se dio el resultado en el que la empresa que funcionaba perdió y comenzó una nueva, con la consiguiente surrogación del personal.
De los 8 cristaleros subrrogaron solo a 6, dejando a un compañero que había entrado a trabajar mucho después que yo. El Jefe de Recursos Humanos me entrega una carta y me dice que lo siente pero que no me subroga, que sabe que denunciaré a ambas empresas y que se verá seguramente obligado a readmitirme, pero me ntrega la carta con una burda justificación de que por no cumplir los requisitos del Convenio Colectivo de Trabajo de Limpieza de centros de Salud.
Con las vacaciones programadas para el cuatro de julio y con un viaje al exterior planificado, me da tiempo para denunciar a través del abogado del sindicato a las dos empresas.
La empresa anterior no me da certificación laboral para el paro por lo que la denuncio en el INEM y ahora se tramita este certificación para poder cobrer el paro hasta el 11 de octubre que es cuando se producirá el juicio, pues a la concialiación no asisitió una de las empresas.
Mis preguntas:
¿El juez les obligará a subrogarme, y si es así, como me dijera el Jefe de Recursos Humanos, que ganaba la empresa sometiéndome a todo este proceso de denunciarles, etc.?
¿Quién me tiene que pagar si no me subrrogan, la empresa nueva o la vieja, o eso lo decide el juez?
¿La empresa nueva, si el juez le obliga a subrogarme, tiene derecho a despedirme improcedente y pagarme y hacerme perder el puesto de trabajo?
¿Pueden ellos despedirme, pagarme despido improcedente y poner trabajadores suyos en ese puesto como cristaleros?
Muchas gracias de antemano, espero sus respuestas con ansias.
Señor Landaeta, ne hubiera gustado que fuera más explicito; hay algunas cosas que aún no tengo claro y le repito alguna de las preguntas:
¿Qué ganó la empresa nueva con no subrogarme si sabe que el juez le obligará a ello cuando se produzca el juicio?
¿Puede la empresa nueva despedir improcedentemente a trabajadores y situar a trabajadores que ellos traen?, ¿Es esto denunciable?
¿Es denunciable también que subrrogen a otro compañero que llevaba menos tiempo que yo y a mi no?
Le advierto que paradójicamente soy el trabajador más eficiente de los 8 compañeros, lo que demuestra que la productividad y disciplina ante el trabajo no se tiene en cuenta a la hora de cesar a un trabajador, sino lo que haya que pagarle de indemnización cuando se le despide improcedentemente.
La empresa posiblemente necesitara amortizar puestos de trabajo y por eso prescindío de sus servicios, no gana nada en especial, sucede que en muchas ocasionas el trabajador no reclama.
La empresa puede despedirle por un despido improcedente en cualquier momento, y este hecho no es denunciable porque la empresa reconoce la improcedencia y le indemnizan los 45 días por año (no hay nada que denunciar)
No es denunciable que subrogen a otra persona y a usted no, eso es decisión de la empresa que tiene total libertad para hacer lo que considere oportuno, la sanción por no subrogarle a usted es la readmisión.

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