Fraude con mi contrato

El día 25 de junio firme un contrato por obra y servicio de 6 meses de duración en horario paracial de tardes de 2 a 7.15 y con una prueba de 15 días hábiles.
La cuestión es que me han puesto a trabajar en horario de 9 a 2.15 osea de mañanas sin ser el horario que me corresponde y no estoy desempeñando las funciones para las que me contrataron, en realidad no se muy bien que estamos haciendo porque nos pasamos las horas frente al ordenador haciendo ejercicios como si estuviéramos en el colegio.
Como es un plan ocupacional no saben muy bien que hacer con nosotros y por eso nos han puesto a todos de mañanas pero el tema es que yo firme de tardes y es el horario que quiero hacer y me siento engañada y quiero hacer algo para cambiar esta situación pero no se cuales son mis derechos para reclamar y al estar a prueba todavía pienso que me pueden echar.
Mi pregunta es puedo hacer algo para que me pongan a trabajar en el horario por el que fui contratada y también quisiera saber si la empresa esta obligada a cumplir los horarios puestos en el contrato o por lo contrario pueden cambiarlos sin preguntarme nada y si el caso fuese que estuviesen obligados a cumplir lo que el contrato dice y no quisieran que medidas puedo tomar.

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Las empresas tienen derecho a modificarte el horario si lo justifican con razones económicas, técnicas, organizativas o de producción y te lo tienen que preavisar a ti y a los delegados de personal con una antelación mínima de treinta días. Antes de esos 30 días no tienes porqué obedecer el cambio y eso no sería causa de despido disciplinario válido (ganarías la demanda por despido improcedente). Contra el cambio de horario puedes demandar y en el juicio tendrán que demostrar que te comunicaron el cambio y sus causas por escrito y que dicho cambio era necesario para la buena marcha de la empresa. Repito: tienen que demostrarlo, no sólo afirmarlo. Por tanto, si el cambio de horario se hace de forma verbal o por escrito sin concretar con detalle la causa, tienes el juicio ganado casi seguro (nunca se pude decir seguro del todo). Si no quieres demandar pero el nuevo horario te perjudica tendrás derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de veinte días (brutos con pagas extras) de salario por año de servicio, siendo la indemnización máxima de 9 mensualidades brutas con pagas extras. Aparte cobrarías el finiquito y tendrías derecho a paro. Tienes que optar entre demandar para anular el cambio o rescindir el contrato. No puedes demandar y luego rescindir el contrato si pierdes. Esta demanda la puedes poner siempre de forma que no te cueste nada en abogados ganes o pierdas. Lee este artículo sobre Cómo seleccionar el mejor abogado laboralista: abogado de oficio, sindicato, abogado de pago o diplomado en Relaciones Laborales.
Por otro lado, tu contrato temporal está en fraude si no haces las funciones que dice. Eso quiere decir que es indefinido. Lee este artículo sobre los contratos temporales en fraude de ley.
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Muchas gracias por tu respuesta, ahora estoy bien informada y conozco mis derechos y podré actuar en consecuencia.
Me has ayudado mucho, gracias de nuevo.

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