¿Derecho a Paro?

Hola, para simplificar voy hablar de empresa A y empresa B.
De la A pedí una excedencia de dos años (Enero 2008-Enero 2010) y de la B tuve un contrato de 1 año (Mayo 2009-Mayo 2010). (4 años cotizando a la seguridad social)
¿Tengo derecho a Paro?
En la oficina de empleo me dijeron que non me podían dar el paro porque consto en la seguridad social como que tengo una excedencia y hasta que non pusieran un código que significa que no tengo ninguna excedencia no pueden dármelo, llame a la seguridad social y me dijeron que la excedencia se consideraba anulada una vez concluía el plazo de la misma (lo demostré con un papel que me envío la empresa A notificándome el fin de la misma) y que nunca cambiaron ningún código por ese motivo.
¿Intentan no darme el Paro sin justificación?
Gracias.

2 Respuestas

Respuesta
1
Estimad@ amig@,
Si cumples con los requisitos para la solicitud por desempleo (tiempo cotizado, causa de la finalización de contrato...), Tienes derecho a prestación por desempleo. Lo de que figuras como baja por excedencia (es cierto que cuando se es baja por excedencia la empresa/asesoria la comunica como tal) deberían solucionar ellos o hacerlo de oficio tu has cumplido con tus obligaciones, en el supuesto caso de que sigan denegandote la prestación buscate un abogado y reclama que seguro que ganas.
Respuesta
1
Si has quedado desvinculado de las dos empresas tienes derecho a paro, no sé a que motivo es basan para no dártelo, si estas de alta en la seguridad social no te lo van a dar, pero repito si te han despedido y no tienes trabajo deberían e dártelo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas