Cambio de contrato de obra

Soy teleoperadora, llevo 3 años trabajando con un contrato de obra y servicio en un call center, en mi contrato figura que me contrataron para el departamento de fidelización de una compañía de teléfono, llemémosla POR y durante este tiempo esta compañía fue comprada por otra con el nombre Y por lo que pasé a seguir desarrollando el mismo trabajo pero para la nueva compañía Y, nunca cambiaron mi contrato, ahora por razones de volumen de trabajo me van a pasar al departamento técnico bajo el nombre de la compañía Y. Mis preguntas son las siguientes:
- ¿Tienen qué hacerme un nuevo contrato y finiquitar el anterior?
- En caso de finiquitarme, ¿cuántos días corresponden por año trabajado?
- ¿Tendrían qué hacerme indefinida?

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Paso a exlicarte, al llevar 3 a;os si te cambian de actividad deben hacerte indefinida, ya que no es la misma actividad para la que estuviste contratada, sino fuera as'i estaría actuando la empresa en fraude de ley *se podría demandar(.
La compa;ia nueva al absorber a la antigua subroga el contrato por lo tanto tienes la antig"uedad de 3 a;os
En el tema del finiuito, te referirás a si este contrato tiene indemnizaci'on_, te deben de indemnizar con 8 días por a;o trabajados.
Como te he dicho antes para que la empresa no incurra en fraude de ley al desempe;ar diferente trabajo del objeto del contrato, deben de hacerte uno nuevo, sino se entendería que eres indefinida.
Espero haberte aclarado las dudas, si cuando te digan lo que sea me preguntas te calculo el finiquito y vemos por donde puedes tirar.
Gracias por tu respuesta.
Otra cosita
Según me ha comunicado la empresa piensa hacerme otro contrato de obra y servicio para este nuevo departamento pero no tienen la intención de finiquitar el anterior contrato. Mis dudas son:
- Si me hacen nuevo contrato y no me finiquitan, el día de mañana por cualquier circunstancia me despiden, ¿tendrían qué finiquitarme por los dos contratos en ese momento o por el contrario sólo finiquitarían el último contrato?
- Que ocurriría si la nueva obra se termina en un plazo determinado y me despiden por fin de obra, me finiquitarían el primer contrato que no finiquitaron en su día o de lo contrario me despiden sin más por fin de obra, ya que se presupone que no tendría finiquito del último contrato dado que el despido sería por fin de obra.
Que no es posible reclamar la indemnización del primer contrato cuando termines el segundo, las deudas tienen una caducidad legal para reclamarlas, ademas vas atener que firmar unos papeles donde la empresa va a guardarse la espaldas, es una practica habitual de las mismas.
Ahora también te van a despedir y al momento te van a hacer un nuevo contrato, lo que pasa es que la segunda indemnización va a ser desde la fecha de la firma del 2º contrato.

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