¿Cambio de contrato sin finiquitar?

Tengo un contrato por obra o servicio determinado a jornada completa ahora me hacen un nuevo contrato, es el mismo tipo pero a media jornada. Mi duda es deberían finiquitarme y así pagarme los días de vacaciones no disfrutadas o se siguen acumulando estos días de vacaciones en mi nuevo contrato.

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Si tienes un contrato por obra a la finalización de esta terminará el contrato y deberían pagarte el correspondiente finiquito. Si continuaras con otro contrato inmediatamente después, sin que te hubieran finiquitado, deberán tenerte en cuenta la antigüedad del primer contrato para finiquitarte desde ese momento a la terminación de la relación laboral.
Pero, si se diera el segundo caso, y enlazas un contrato por obra con otro para realizar el mismo trabajo lo más probable es que el contrato estuviera en fraude de ley, en este caso tendrías derecho a un contrato indefinido con antigüedad desde el inicio de la relación laboral.
Gracias por tu pronta respuesta, sólo una última aclaración, si el contrato inicial tuvo una duración de 7 meses y este nuevo a media jornada no supera 3 meses, es decir que entre los dos no tengan una duración de 1 año, ¿tendría igual el derecho a un contrato indefinido? ¿O deberían finiquitarme respentando el pago de las vacaciones no disfrutadas del contrato anterior?
Tendrás un contrato indefinido si el contrato actual está en fraude de ley independientemente a la duración de los contratos temporales.
Tendrán que pagarte el finiquito, dentro de este las vacaciones, por todo el tiempo trabajado, si ahora no te lo liquidan deberán hacerlo en el siguiente contrato. Tienes hasta un año para reclamar por cantidad judicialmente.

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