URGE:lactancia, vacaciones y excedencia por ETT

Estoy contratada por ETT y llevo más de 1 año como administrativa. Mi contrato es hasta fin de obra(es una obra específica) y entro en el convenio de oficinas de ingeniería). Ya he tenido más de 1 problema con esta ett..
  El 13 de mayo se me acaba la baja de maternidad. Mi intención es acumular la lactancia en 15 días(me voy al 28mayo), hacer las vacaciones (hasta el 28junio)y pedir una excedencia de 2 meses(ésta sería del: 29junio al 29agosto); incorporándome así el 30 de agosto. Cuando me incorpore quiero la jornada reducida: 8'30 a 14'30h.(Sólo mañanas)(mi horario ordinario es de 8'30 a 13h y de 15 a 19h)
1.¿Con qué antelación tengo que solicitarlo todo? ¿Lo solicito por burofax?
2. Por ett, ¿Me tienen que pagar los 15días de permiso de lactancia o me pueden decir que si no trabajo no cobro?
3. ¿Cómo pido la acumulación de lactancia y la excedencia?... ¿Si lo pido de golpe me pueden decir que al disfrutar de excedencia no tienen porque pagarme ni darme la acumulación de lactancia? Dejaría de cobrar y disfrutar esos 15días...
4. ¿Me pueden hacer suspensión de contrato o decir que no cotizan por mí mientras no trabaje? ¿Durante las vacaciones o la excedencia?... ¿Cuándo llevas más de 1 año es legal que hagan suspensión de contrato durante las vacaciones?...(en las del año pasado ya tuve follón por este tema). ¿Puedo reclamar que me quiten el prorrateo de vacaciones y que me las paguen mientras las disfrute?(Ya que es un trabajo de más de 11 meses)
5. Tengo modelo de carta para solicitar acumulación lactancia y unirlo a las vacaciones; pero si me puedes facilitar uno para todo esto...

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Está todo en tu convenio.
1- Antelación la que diga en tu convenio. Si no dice ninguna, pues eso. Si prevés que no te van a firmar la carta manda directamente el burofax.
2- La lactancia sólo se puede acumular directamente si lo dice en el convenio. Si no lo dice, se puede acordar la acumulación, pero no imponerla. Si en tu convenio lo dice, entonces comunicas que acumulas y si no te pagan demandas.
3- En la misma carta, indicando cuándo empieza y acaba cada una. Que digan misa. Lee este artículo sobre cómo cobrar deudas de la empresa.
4- Pueden tirarse por un barranco. Lo importante es lo que dice la ley. No existen las suspensiones de contrato de vacaciones legales en ningún caso. Al que se lo hacen es porque es tan tonto que no demanda.
5- Es una carta normal, que dices fechas y ya está.
6- No puedes poner horario de 8 a 14,30 porque de 13 a 14,30 está fuera de tu horario. Lee este artículo sobre la reducción voluntaria de jornada.
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Perdona que insista, ahora te puntúo:
He llamado a la ett y dice que por ett no puedo pedir excedencia; que tendría que pedir una baja voluntaria... ¿es correcto? Tengo entendido que la ley de conciliación de vida laboral y familiar se aplica también en ett, pero me insisten que por ett, no.. evidentemente no quiero una baja voluntaria y arriesgarme a que no me vuelvan a coger o quedarme sin paro... al menos que me echen...
Gracias
El derecho a excedencia es para cualquier trabajador. Todos los derechos del Estatuto y Convenio son para todos los trabajadores, los de contrato temporal y ETT incluidos. Es que no tienes que hablar para nada con los de la ETT. Sólo presenta burofax y que se jodan.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.
Muchas gracias por tu rapidez...
Lo malo es que ya le he dicho que estoy informada de que sí tengo derecho y ella insiste en que por ett no se puede. Es indignante...

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