Trabajo a turnos

Gracias por anticipado. Mi pregunta es la siguiente:
Quería saber si estoy obligado a trabajar a turnos rotativos de mañana tarde y noche si
mi contrato no lo pone.
Mi contrato pone que mi jornada laboral sera de 40 horas semanales de lunes a viernes.
Muchas gracias de nuevo

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Respuesta
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La empresa es quien decide el régimen de turnos, aunque no lo ponga en tu contrato. Pero por otro lado, la existencia de turnos nocturnos no exime a la empresa de cumplir con dos obligaciones:
1- Dejar siempre 12 horas libres entre turno y turno, a no ser que en el convenio aplicable se diga otra cosa.
2- Pagar las horas nocturnas (de 22:00 a 6:00) con el porcentaje de incremento que diga en el convenio aplicable.
Lo más importante es que no os engañen con cuál es el convenio aplicable, ya que éste no es el que elija la empresa, sino el que tiene que ser por cojones debido a su actividad real.
Si esta respuesta te ha resultado útil, seas o no quien hizo la pregunta, colabora participando en esta brevísima encuesta anónima sobre la aplicación real de los derechos de los trabajadores.

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