Contrato relevo

Hola Experto Bergenz el otro día me has contestado a la pregunta relacionada con el contrato relevo 441, te contaba que yo tenia dos trabajos uno a 8 y otro a 4 horas y que al firmar el contrato relevo he tenido que pedir la cuenta en los dos sitios.
Tu me lo explicas miy bien, pero cundo tu me dices que más adelante puedo ampliar mi jornada de trabajo yo cunto tendría que esperar después de firmar el contrato relevo para poder acomenzar de pluriempleo.
Muchas gracias

1 respuesta

Respuesta
1
En principio una vez sea permitido y aceptado el contrato de jubilación parcial, una forma de comprobarlo sería cuando el jubilado parcial cobrara su primera mensualidad del INSS, pero esta situación no es nada habitual, convendría que hicierais una consulta al INSS para que este se pronuncie al respecto y salir de dudas.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas