Sentarse= despido?

Hola Manu2403!
A dos compañeros míos (de una empresa de pinturas de la Comunidad de Madrid) les debe mi jefe las mensualidades de Noviembre, Diciembre, además de la Paga extra de Navidad.
Como protesta, se han sentado a la puerta de la obra en la que trabajaban.
Mi jefe les ha llamado por teléfono, tras comentarle el encargado de la obra lo que pasaba, y les ha citado en la oficina de nuestra empresa.
Mañana deben acudir a la oficina porque les va a preparar la Carta de despido.
Mis preguntas son:
¿Puede despedirles por haberse negado a trabajar?
¿Se consideraría despido procedente?
Gracias de antemano por tu respuesta:

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Siento la tardanza en la contestación pero bueno son muchas las consultas que recibo y los que nos dedicamos a esto lo hacemos en nuestro tiempo libre. Bueno en cuanto a la consulta que me comentas la sanción de despido me parece excesiva dadas las circunstancias que comentas y como sanción fulminante a dicho comportamiento y creo que si bien no se puede asegurar nunca nada en este sentido si que existen probabilidades de que el despido se declare improcedente y por tanto tus compañeros deberían acudir a un abogado laboralista para recurrir dicho despido en el plazo de los 20 días hábiles siguientes a la carta de despido.
Te envío la dirección de mi blog particular donde podrás encontrar temas de interés relacionados con el derecho laboral:

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