Categoría profesional

Desde Septiembre de 2006 soy responsable de un Call Center pero mi categoría sigue siendo la misma desde que en Abril de 2005 entré a trabajar como gestor telefónico. Cada vez que intento hablar sobre el tema me dan largas y me gustaría saber que opciones tengo.
¿Puedo pedir que me cambien la categoría desde que empecé a trabajar como responsable o sólo puedo reclamar un año en todos los aspectos? Me refiero al tema de nóminas y salario.
También me gustaría saber en que repercute la categoría, es decir, si sólo sirve a nivel de empresa y salario o una vez fuera de esta empresa es necesario para demostrar que he tenido ese cargo. En ese caso, ¿qué tienen que hacer para que todo esté en orden? ¿Con darme las nóminas con la categoría correcta sería suficiente o ellos tienen que modificarlo también en la Seguridad Social o similar?
Gracias por su ayuda.

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Por supuesto que podrías reclamar tu categoría profesional si puedes demostrar que desde 2006 llevas haciendo de responsable de un call center. Tal y como dice el art. 39.4 del Estatuto de los Trabajadores:
Si como consecuencia de la movilidad funcional se realizasen funciones superiores a las del grupo profesional o a las de categorías equivalentes por un período superior a seis meses durante un año o a ocho durante dos años, el trabajador podrá reclamar el ascenso, si a ello no obsta lo dispuesto en convenio colectivo o, en todo caso, la cobertura de la vacante correspondiente a las funciones por él realizadas conforme a las reglas en materia de ascensos aplicables en la empresa, sin perjuicio de reclamar la diferencia salarial correspondiente. Estas acciones serán acumulables. Contra la negativa de la empresa, y previo informe del comité o, en su caso, de los delegados de personal, el trabajador podrá reclamar ante la jurisdicción competente.
La reclamación de las diferencias salariales correspondientes prescriben al año y por tanto no podrías reclamar cantidades anteriores, pues ya habrían prescrito. En cuanto a la validez del ascenso cara a empresas externas, pues bueno, si figura en la nómina tu categoría correcta tendrás algo para demostrar que has estado desempeñando dichas funciones. Finalmente tendrán que modificar tus datos en la Seguridad Social por haber variado tu grupo de cotización.
Te envío la dirección de mi blog particular donde podrás encontrar más información relacionada con el mundo del derecho laboral:

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