Derecho a indemnización y pago de meses trabajados

El mes de octubre de 2009 cumplió mi contrato laboral con una empresa, con la que ya llevaba trabajando durante 1 año. No me renovaron, pero seguí trabajando con ellos sin contrato.
No firme la carta de despido por no estar de acuerdo con las cantidades, y así se quedo. ¿Ellos querían pagarme 200? ¿Y me adeudaban unos 5.000?. ¿Finalmente me pagaron alrededor de 2.000? En un cheque bancario, pero no firme nada.
A mediados del mes de Noviembre me hice autónomo porque me propusieron que lo hiciera así y les facturara.
A día de hoy, no he cobrado ni un solo euro de esta gente, por lo que me di de baja el 30 de Diciembre para no seguir pagando el seguro de autónomo.
No he emitido ni una sola factura, ni me han pagado nada, ni hay firmado con ellos ningún contrato mercantil que pruebe que me di de alta de autónomo para trabajar con ellos.
Mi pregunta es: ¿Puedo demandarles por impago de mi salario correspondiente al mes de Octubre, Noviembre y Diciembre, además de la indemnización por despido improcedente al considerar que sigo trabajando en la empresa pero sin contrato y por tanto soy indefinida?
Si no me hubiese dado de alta como autónomo tengo claro que si, pero al haberme dado de alta como autónomo, ¿pierdo esos derechos? Que yo sepa puedo trabajar por cuenta ajena y de autónomo, y no hay contrato que demuestre la vinculación mercantil entre nosotros.
¿El hecho de haber tomado esos cheques bancarios en Octubre podría ser un problema?

2 Respuestas

Respuesta
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En este caso entiendo lo siguiente:
Dos opciones
1.- Denunciar a la empresa por considerar que la indemnización que se te entrego no era la que se ajusta a la ley(3000 euros). Firmar o no firmar la carta de despido lo único que hace es establecer que estas de acuerdo con las cantidades adeudadas, no con las razones de despido, puesto que no firmaste puedes reclamar lo que según tu te siguen debiendo.
2.- Argumentar que tras la finalización del contrato, trabajaste durante tres meses sin contrato tras los cuales prescindieron de tus servicios, siendo por tanto un tiempo en el cual estuviste prestando unos servicios sin estar asegurada ni dada de alta. Será el empresario quien tenga que demostrar que el despido se hizo correctamente y que no siguió contando con tus servicios, en el caso de que se establezca por parte de un juez que realmente seguiste prestando servicios a la empresa se te considerará unida a la empresa por un contrato laboral de duración indefinida. Por lo que si la empresa quisiera despedirte sin causa justificada se consideraría despido improcedente y te pertenecerían 45 días por año trabajado
Ponte en contacto de UGT o C.C.O.O. para ponerles al corriente de tu situación particular y te asesoren que vía tomar en función de las pruebas que puedas aportar(testigos, etc.)
Hola,
Gracias por su respuesta.
Queda aclarado el tema de los cheques.
¿Ha tenido en cuenta en su respuesta que me di de alta como autónoma aunque como ya le dije no hay un contrato mercantil ni facturas que me liguen a esta empresa?
Disculpe la puntualización, pero tengo que reunirme con ellos y quiero estar segura de lo que hablo.
Gracias, y quedo expectante de su respuesta.
No se preocupe, mientras estas dada de alta como autónomo puedes simultanear una prestación de tipo laboral y si no se puede demostrar que durante el periodo en el que estuvo dada de alta como autónoma tuvo una relación mercantil con la empresa y por el contrario la relación que hubo fue laboral no hay ningún problema.
No influye para nada ese periodo en el que estuvo dada de alta como autónoma pues la relación con su empresa fue laboral y como dice no hay facturas que demuestren la prestación de servicios de su parte a la empresa en cuestión.
Gracias, espero haberle aclarado y siento no haber profundizado más en este aspecto en primera instancia
Respuesta
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1) En octubre 2009, ¿cobraste finiquito?
2) Finalizaste contrato, ¿o fuiste despedido?
Aclarame todo un poco más, para que pueda contestarte debidamente.
Hola,
Termine el contrato, pero seguí trabajando sin contrato.
¿Cómo comentaba, no firme el finiquito porque no estaba de acuerdo, me debían 5.000? ¿Y querían pagarme 200?. ¿Después de 1 mes y medio trabajando sin contrato llegamos a un acuerdo y me pagaron 2.000? Con cheques bancarios, pero no firme nada.
Entonces, me di de alta como autónomo y continué trabajando con ellos, pero realmente jamas les he facturado nada como autónomo ni firme contrato mercantil.
Mi opinión es que perfectamente puedo alegar que seguí trabajando para ellos de forma irregular (sin contrato), pues no pueden demostrar que el hecho de darme de alta como autónomo fue para trabajar con ellos (perfectamente podría ser para realizar una actividad por cuenta propia)
Y en cuanto al cheque que cobre a mediados de Noviembre, puedo alegar que lo recibí en "B" como pago del trabajo desarrollado en el mes de Octubre en el peor de los casos y reclamarles el mes de Noviembre, Diciembre y la indemnización por despido, así como la regularización de la actividad desarrollada.
Espero tus comentarios.
Gracias.
Entonces no fuiste despedido, y por ello, al terminarlo hay que cobrar finiquito no indemnización, que se da exclusivamente en caso de despido.
Y en efecto, debes acudir de inmediato a un abogado laboralista para que efectúe las demandas correspondientes de acuerdo con lo que has cobrado y con lo que no has cobrado, ya que tienes 12 meses para reclamar cantidades no abonadas.
El computo de lo que pagaste como autónomo también tiene que abonarlo la empresa, porque realmente tu ya estabas por cuenta ajena y seguiste trabajando con ellos sin contrato, lo que te convierte en indefinido.
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