¿Despido objetivo?

Buenas tardes, trabajo en una empresa desde hace tres años y estoy indefinida, hace un año y medio cambió la ley de sociedades profesionales y ahí empezaron los problemas, misjefes son una sociedad limitada con 14 socios y se pelearon entre ello como no se poníasn de acuerdo se pelearon y desde ese momento la empresa la han dejado a la mano de dios( se han desentendido y lo han dejado en manos de los empleados pero con las manos atadas para poder sacar la empresa adelante, contratos que beneficiarina a la empresa pendiente sde firmar por su negativa...), ¿resumiendo la empresa en estos últimos 6 meses está dando pérdidas y esta tarde se quieren reunir con los empleados para hacer recortes entre lkos que están despedir a uno de los empleados (somos 3) y al los otros reducir las horas y el sueldo debido según ellos a la baja productividad aunque el año pasado lo cerraron con unos beneficios de 109.000?. Quería saber que podemos hacer ante esto ya que esta mañana hemos acudido al sindicato y nos han dicho que lo que podemos hacer es aceptar esas condiciones, no aceptar e irnos con 20 días por año trabajado de indemnización o irnos y demandar para solicitar los 45 días (esta última opción según ellos sólo podría hacerse si la decisión dela empresa atenta contra tu formación profesional y tu integridad moral).
Me gustaría saber que podemos hacer ante lo que se nos viene encima.
Gracias

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Si actuáis una vez la empresa tome una decisión solo os queda la reclamación judicial para intentar conseguir los 45 días por una vez despedidos, si la empresa extingue la personalidad jurídica, y ninguno de los socios continua con la actividad de la misma os corresponderían 20 días por año de indemnización, pero si la empresa continua, o continúan algunos de los socios podríais conseguir los 45 días por año.
Otra posibilidad habría sido hacer un seguimiento de la empresa, los representantes de los trabajadores tienen derecho a solicitar las cuentas de la misma de forma periódica para controlar la empresa y evitar que esta tome medidas que la dirijan a la quiebra, estas medidas podrían paralizarse.
Muchas gracias por la respuesta, pero disculpa que siga molestándote, ¿a ver si me queda claro si nos negamos a aceptar las condiciones de bajada de horas y sueldo podemos solicitar los 45 días o tenemos que quedarnos con los 20 días?
Debes tener claro que quien debe demostrar el motivo del despido es la empresa y no el trabajador, por lo tanto, si no ofrecen 45 días por año debéis reclamar porque como mínimo os quedareis con lo inicialmente ofrecido y si ganáis el juicio conseguiréis la diferencia.
La reducción de jornada es una novación del contrato, esto daría derecho a extinguir la relación laboral con una indemnización de 20 días por año, pero si la empresa no tiene justificación y se reclama estaría obligada a mantener las condiciones iniciales.
Es importante que busquéis ayuda profesional de forma directa para estar asesorados en todo momento y si lo deseáis reclamar lo que os corresponda.
Muchas gracias, se me había olvidado comentarte que en la junta de socios del 5 de diciembre de 2008 se aprobó que si despedían al personal sería indemnizado con 45 días, ¿esto sería válido a día de hoy suponiendo que nos despidan por no acpeptar la reducción de jornada?
No se en qué términos se acordaría, pero los acuerdos deben cumplirse.

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