Falsa autónoma

El día 22 de octubre llevará exactamente 6 años trabajando para un medio de comunicación. Empleo medios de la empresa (cámara, ordenador) e incluso la línea de teléfono que tengo en casa está a nombre de la empresa. Me encargan trabajos en función de sus necesidades. No tengo vacaciones, a penas días libres pero estoy obligada a pagarme autónomos. Firmé una especie de acuerdo interno que ya caducó con el precio de cada trabajo pero ya está obsoleto. Ahora, con esto de la crisis, me dicen, van a prescindir de mis servicios (estamos otras 6 personas en las mismas condiciones) ¿Tengo derecho a una indemnización? ¿Puedo reclamarles algo?

2 respuestas

Respuesta
1
Hay que analizar cuál es la naturaleza de tu actividad y de tus relaciones con ellos. La relación laboral tiene estas características: voluntariedad, a cambio de pago en metálico (sea fijo, por unidad de tiempo o como sea), dependencia y ajenidad. La voluntariedad está clara. El pago lo puedes probar con lo que tengas de lo siguiente: contrato mercantil, facturas que les emites, pagos que te hacen por banco. La dependencia la prueba el sometimiento a un horario (aunque no es necesario), trabajar con los medios y material de la empresa, órdenes o mensajes que tengas de la empresa. La ajenidad quiere decir que tu seas ajeno a la buena o mala marcha de la empresa. Es decir, que tu cobrarías igual tus facturas independientemente de si las ventas de lo que hacías iban bien o mal. Es decir, que tienes una cierta parte de dinero en "fijo", aunque puedes tener otra en variable. También es muy importante que sólo le emitas facturas a tu empresa, aunque si también les estás emitiendo a otros no es impedimento total.
Como "autónomo" no tienes derecho a nada. Ni vacaciones, ni bajas, ni permisos. Como autónomo dependiente tienes unos pequeños derechos. Pero como empleado por cuenta ajena tienes todos los derechos. No merece la pena demandar para que te reconozcan el autónomo dependiente. Puestos a demandar hazlo para que te reconozcan la relación laboral por cuenta ajena, porque si lo ganas conseguirás que te devuelvan tus cuotas de autónomo, que paguen tu afiliación a la SS de los últimos 4 años y que se te hagan un contrato laboral con antigüedad desde que empezaste. Por supuesto si quieren podrán despedirte luego, pero podrías conseguir despido nulo al producirse después de una demanda. En el peor de los casos sería un despido improcedente a pagar con indemnización de 45 días por año de antigüedad. En la misma demanda puedes meterle que te paguen en relación al convenio aplicable y las vacaciones y pagas extras que te deban de los últimos 12 meses. El proceso es demandarlo judicialmente y te aconsejo que te lo lleve el servicio jurídico de un sindicato.
Participa en esta brevísima encuesta anónima sobre la aplicación real de los derechos de los trabajadores.
Respuesta
1
Efectivamente eres un falso autónomo, en realidad eres una autónomo dependiente que también tienen derechos. Lo que te correspondería es: contrato indefinido, antigüedad desde el inicio de la relación laboral, la empresa tendrá que asumir tu cotización a la SS de los últimos 4 años (tendría que pagar recargo y posiblemente fuera sancionada), te devolverían la cotización de los últimos 4 años, mantenerte el salario y no podría despedirte por reclamar pero en caso de despido tendría que pagarte una indemnización de 45 días por año, con el consiguiente derecho a prestación por desempleo.
Busca ayuda profesional de forma directa y reclamalees judicialmente, solo tienes 20 días desde el momento del "despido", no debes dejar pasar el plazo si quieres reclamar. Esta persona ha estado actuando fraudulentamente contigo todos estos años además de haberte engañado, en ti está el reclamar lo que legalmente te corresponde.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas