Autónomo Dependiente

Quisiera saber, que tengo que hacer, ya que cuando salió la ley del autónomo dependiente en el 2008, mandé a la empresa un burofax notificándole mi condición de autónomo dependiente de la misma. Hasta el momento no he recibido ninguna respuesta por su parte pero sí una especie de mobbing contra mi persona, me bajaron los precios, dejándome sin trabajo muchos días ya que se los están dando a otras personas, no dejando ni siquiera que pregunte que pasa ya que si lo hago contestan con chulería diciendo que si hay algo ya me llamarán, que me estoy jugando que no me llamen más y cosas por el estilo. Me encuentro totalmente indefensa ya que ni me atrevo a recordarles mi burofax.
¿Qué me aconsejan que haga?

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Ocurre muchas veces que un empleado de una empresa está dado de alta como autónomo porque esa misma empresa le obligó en cierto momento o bien desde un principio le dijeron que sólo contratan "autónomos". Pero luego la realidad es que se es un empleado como otro cualquiera, o sea que de autónomo no se tiene nada. La empresa pretende con ello ahorrarse las cotizaciones y sobre todo ahorrarse las vacaciones y bajas, y por encima de todo la indemnización de despido. A esto se le llama ser falso autómomo. Si estás en el caso puedes demandar para que te reconozcan la relación laboral por cuenta ajena, porque si lo ganas conseguirás que te devuelvan tus cuotas de autónomo, que paguen tu afiliación a la SS de los últimos 4 años y que se te hagan un contrato laboral con antigüedad desde que empezaste. Por supuesto si quieren podrán despedirte luego, pero podrías conseguir despido nulo al producirse después de una demanda. En el peor de los casos sería un despido improcedente a pagar con indemnización de 45 días por año de antigüedad. En la misma demanda puedes meterle que te paguen en relación al convenio aplicable y las vacaciones y pagas extras que te deban de los últimos 12 meses. El proceso es demandarlo judicialmente y te aconsejo que te lo lleve el servicio jurídico de un sindicato. Esta demanda la puede poner también hasta 20 días después de que te echen.
En esta demanda deberás demostrar que tu relación era realmente como empleado, porque cumple estas características: voluntariedad, a cambio de pago en metálico (sea fijo, por unidad de tiempo o como sea), dependencia y ajenidad. La voluntariedad está clara. El pago lo puedes probar con lo que tengas de lo siguiente: contrato mercantil, facturas que les emites, pagos que te hacen por banco. La dependencia la prueba el sometimiento a un horario (aunque no es necesario), trabajar con los medios y material de la empresa, órdenes o mensajes que tengas de la empresa. La ajenidad quiere decir que tu seas ajeno a la buena o mala marcha de la empresa. Es decir, que tu cobrarías igual tus facturas independientemente de si las ventas de lo que hacías iban bien o mal. Es decir, que tienes una cierta parte de dinero en "fijo", aunque puedes tener otra en variable. También es muy importante que sólo le emitas facturas a tu empresa, aunque si también les estás emitiendo a otros no es impedimento total.
Muchas gracias por contestar, pero éste caso creo que no corresponde al sistema profesional que llevo con ésta empresa. Mi profesión es transporte por carretera, servicio público y no tengo parte de dinero fijo y otro variable, sino la factura que les emito con el precio pactado cada año. El problema es que tengo una facturación con ellos del 100% casi siempre, pero siempre más del 95%. El sistema de transporte es en circuito cerrado (ida y vuelta). LLevo más de 20 años con la empresa y desde que mandé por burofax la notificación de que me consideraba autónomo dependiente y solicitaba hacer el contrato, no obtengo respuesta nada más que la especie de mobbing que le comenté anteriormente; los portes buscan a otros autónomos y a mí para cuando a ellos les apetezca llamarme ya que prohíben que ni siquiera les pregunte con la amenaza de no darme más trabajo. Estos hechos están minando mi persona, ya que todas las inversiones que he realizado en éstos 20 años han sido por y para la empresa.
Me gustaría me volviese a contestar que pasos debo seguir, si debo reclamar el contrato o directamente irme a un servicio jurídico.
Muchas gracias.
No dudes que eres empleado por cuenta ajena. Tú haces los servicios que te dice la empresa, cuando te dice la empresa, siempre para la misma empresa y sin duda a la empresa le pides permiso para poder ir al médico o para coger vacaciones. O dicho de otro modo, ¿qué diferencia hay entre tú y un camionero que fuera empleado de la empresa? Pues ninguna. Que cobres por factura es lo habitual en un falso autónomo. Ya te he dicho lo que hay. Ahora toma tu decisión.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.

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