Antiguedad e Indemnizacion.
Estimado Bergenz:
Mi caso es el siguiente, trabajo en una empresa que ha presentado un ERE (480 trabajadores), nos indemnizaran el 31 de agosto. Tengo 4 preguntas:
Sobre la Indemnización
La empresa me quiere indemnizar los últimos 3 años que he trabajado para la empresa con contrato indefinido, aunque los 3 años anteriores he estado contratado por una empresa de servicios, con contrato primero de Obras y luego indefinido, prestando los servicios para la 1ª empresa + 1 año anterior con contrato de Obra y Servicio para otra empresa que también prestaba servicios a la 1ª. El único vínculo que hemos tenido con estas 2 empresas ha sido el pago de la nómina, ya que las reuniones, órdenes de trabajo y nuestro jefe ha sido siempre el de la 1ª empresa. En resumen 7 años en el mismo lugar de trabajo con los mismos jefes y compañeros.
1.- ¿Es correcta la Indemnización que me quieren pagar, solo de los últimos 3 años?
2.- Hay una sentencia del TS del 17/01/2008 que determina que la antigüedad del trabajador de una ETT + el contrato de la empresa principal, es determinado por la suma de los 2 contratos. Somos 10 compañeros en esta situación.
¿Seria aplicable a nuestro caso esta sentencia?
Sobre la Seguridad Social
La empresa va a prejubilar con 54 años y 3,5 años de antigüedad. Me reconocen 3 años de antigüedad. Tampoco tengo más de 30 años cotizados por lo que no me puedo prejubilar y me han comentado, (No la empresa), que deberían pagarme la SS hasta los 65 años por Ley, al no tener los 30 años cotizados
3.- ¿Es esto correcto?
4.- Si esto es así, después de cobrar el paro, tendré 62 años, pero al tener la SS pagada ¿podré trabajar?
Te agradezco tu respuesta, desde ya.
Mi caso es el siguiente, trabajo en una empresa que ha presentado un ERE (480 trabajadores), nos indemnizaran el 31 de agosto. Tengo 4 preguntas:
Sobre la Indemnización
La empresa me quiere indemnizar los últimos 3 años que he trabajado para la empresa con contrato indefinido, aunque los 3 años anteriores he estado contratado por una empresa de servicios, con contrato primero de Obras y luego indefinido, prestando los servicios para la 1ª empresa + 1 año anterior con contrato de Obra y Servicio para otra empresa que también prestaba servicios a la 1ª. El único vínculo que hemos tenido con estas 2 empresas ha sido el pago de la nómina, ya que las reuniones, órdenes de trabajo y nuestro jefe ha sido siempre el de la 1ª empresa. En resumen 7 años en el mismo lugar de trabajo con los mismos jefes y compañeros.
1.- ¿Es correcta la Indemnización que me quieren pagar, solo de los últimos 3 años?
2.- Hay una sentencia del TS del 17/01/2008 que determina que la antigüedad del trabajador de una ETT + el contrato de la empresa principal, es determinado por la suma de los 2 contratos. Somos 10 compañeros en esta situación.
¿Seria aplicable a nuestro caso esta sentencia?
Sobre la Seguridad Social
La empresa va a prejubilar con 54 años y 3,5 años de antigüedad. Me reconocen 3 años de antigüedad. Tampoco tengo más de 30 años cotizados por lo que no me puedo prejubilar y me han comentado, (No la empresa), que deberían pagarme la SS hasta los 65 años por Ley, al no tener los 30 años cotizados
3.- ¿Es esto correcto?
4.- Si esto es así, después de cobrar el paro, tendré 62 años, pero al tener la SS pagada ¿podré trabajar?
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Respuesta de bergenz
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