Inspector para IT

España, lunes 24 de agosto de 2009
Hola Tarmawen:
Reciba un cordial saludo, por favor mi interrogante es el siguiente: Me encuentro en incapacidad temporal por enfermedad común y hoy me entregaron el parte No.49, al recibirlo, la chica de la oficina en donde se reclaman, me comentó que tenía que acercarme al inspector a la mayor brevedad, debido a que me podían suspender los demás partes y me quedaría sin prestación económica en cualquier momento, como dato informo que es la mutua la que me está reconociendo pago mensual.
Además, tengo entendido que el conducto regular es que yo reciba una notificación del inspector para ser valorado y a su vez determinar si puedo continuar con la IT o de lo contrario, se me estaría remitiendo al tribunal médico.
Muchas gracias por la aclaración.
(xxxxxx)

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La citación a inspección médica (deduzco que el inspector al que se refiere es el inspector médico) debería realizarse de forma escrita, como cualquier otra citación ante la Administración competente, por lo que, a menos que la Mutua (que al fin y al cabo está gestionando su IT), la inspección sanitaria o la propia Administración de la Seguridad Social (INSS) le citen para una inspección, no es posible que le suspendan la prestación sólo por el dato de que le hayan entregado ese parte de confirmación.
En todo caso, y para mayor seguridad, consulte con su Mutua.
España, lunes 24 de agosto de 2009
Hola Tarmawen:
Le agradezco mucho su nota y asistencia diligente sobre mi duda, posiblemente a mi escrito le faltó claridad, ocurre que la persona que me hizo la comunicación verbal, fue la chica de mi centro de salud, en donde recojo los partes de IT, los cuales entrega cuando mi médico de cabecera los ordena para que en las siguientes semanas, los reclame en su dependencia.
Lo que entiendo, es que yo me debo dirigir al inspector cuando me encuentre citado, debido a que no sabría con quién conversar específicamente mi estado de salud, y además allí no sabrían cuál deba atender mi caso, es por eso que desconociendo el trámite, me preocupa que estando sobre la baja No.49, no tenga notificación de estudio, si continúo en IT o paso a Tribunal Médico.
Por favor, ¿Podría aclararme qué debo hacer?
Muchas gracias.
(xxxxxx)
Probablemente la chica de su centro de salud se precipitó, dado que, como bien dice usted, y como es normal y preceptivo, deberían citarle expresamente para tribunal médico, sin necesidad de que usted tenga que presentarse ante la inspección médica sin una citación. De momento, mientras no sea convocado, no tiene que hacer nada más que seguir el tratamiento prescrito y acudir cuando sea convocado por su médico.
El hecho de que haya llegado al parte 49 significa que, en breve, será citado por el INSS para calificar su situación como susceptible de declararse como incapacidad permanente, declara la prórroga de seis meses más de IT por si fuera posible su curación en ese plazo, o declararle en alta médica por curación y agotamiento de su situación de IT, puesto que habrá transcurrido un año desde que se le declaró, pero no tiene que hacer nada más que esperar la notificación del INSS. La ley no prevé que tenga que hacer nada más.
Espero que mi respuesta le sirva y si necesita algo más estoy a su disposición.
España, martes 25 de agosto de 2009
Hola Tarmawen:
Muchas gracias por su aporte, lo felicito por su altruismo.
Atentamente.
(xxxxxx)

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