Baja it en el inem

Quería preguntar un duda, hoy el medico me ha dado la baja por un problema de la rodilla, estoy embarazada de 18 semanas y agotaba el paro el día 3 de septiembre según la carta del inem.
Mi pregunta es como y donde y si me daría tiempo a presentar la baja al inem sin problemas, quien me pagaría y durante cuanto tiempo la baja, ¿y sobre todo si el paro sigue corriendo solo tendría 5 días de baja pagada por el inem?
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La prestación de IT por contingencias comunes la paga el INSS, por lo que sería este organismo el que pagaría toda la prestación durante el tiempo en el que estuvieras en esa situación. Sí que es cierto que el desempleo seguiría corriendo, por lo que si se finalizara antes de que te dieran el alta por IT, en el momento del alta, tendrías que volver a solicitar prestación no contributiva por desempleo, siempre y cuando cumplieras los requisitos para poder pedirla. Pero durante el tiempo de IT te paga siempre el INSS hasta que te den de alta médica.

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En el caso de darte de baja cobrando prestación por desempleo, deberás entregar los partes de confirmación al INEM, y seguirás cobrando tu prestación hasta que se agote dicha prestación, una vez finalizada, ellos mismos te proporcionaran un documento semejante al certificado de empresa, con las cotizaciones del INEM, este lo presentaras en la tesorería de la ss. Ss de tu localidad, y ellos te seguirán pagando hasta el alta, la cuantía es el 75% del IPREM. Unos 420euros/mes,puedes entregar los partes de confirmación semanalmente, te pagaran semanalmente, o acumulas 4 con los que te pagaran 27 días.
Si tienes alguna otra duda preguntame, si no, no olvides finalizar la pregunta.
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Si estás desempleada cobrando una prestación por desempleo tienes derecho a la prestación por IT en la cuantía que te corresponda de prestación por desempleo y hasta que finalizaras la prestación por desempleo.
Debes entregar los partes de baja médica y debes informar la situación en el INEM, estos te indicarán si tienes que entregar directamente los partes a ellos o al INSS, no dejes pasar el tiempo porque tienes 3 días para entregar la baja médica.
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En primer lugar tienes que presentar el parte de baja ante la oficina de empleo en el plazo de 3 días desde la fecha de baja. En segundo lugar te seguiría pagando el INEM por delegación tal y como establece el art. 17.1 del R.D. 625/1985 que regula dichas prestaciones. En cuanto a la última pregunta el paro sigue corriendo tal y como establece el art. 17.2 del citado reglamento.
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La baja evidentemente debe presentarla al inem, esos días de baja seguirá cobrando del inem según la base reguladora que tiene reconocida por el inem, posteriormente, una vez concluya su derecho a prestación del inem, si continua de baja por IT pasará a lo que se llama pago directo IT con la misma cuantía, si no recibiese el alta antes de la baja por maternidad, una vez llegada esta baja por maternidad cobraría el 80% del IPREM.

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