Reducción de jornada

Hola, necesito saber si una empresa puede recurrir a una reducción de jornada del personal de 8 a 6 horas alegando reducción de ingresos (no pérdidas) en comparación con años atrás, época en la que si era necesario cubrir la jornada de 8 horas pues los clientes eran más, y por lo tanto la carga de trabajo superior.
En caso de que se pudiese y se llevase a cabo, si los trabajadores demandasen dicha reducción de jornada como injustificada, ¿cómo podría justificarla la empresa?, ¿Solamente con contabilidad?
¿Cuál es el procedimiento a seguir para llevar a cabo la reducción de jornada?. Gracias.

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Eso es una modificación sustancial de condicicones de trabajo colectiva que requiere de un periodo de consultas previo de 15 diías con los represnetantes de los tarbajadores. (Mucho ojo con esto ya que sino se invalidaría)
La empresa tendrá que justificarla con contabilidad, hoja de producción y cualquier prueba que pueda demostrar la medida adoptada.
El procedimiento sería periodo consultas ---notificarla a todos los trabajadores 30 días antes)
Después ellos pueden oponerse como colectivo y/o individualmente y la empresa tendría que demostarlo con lo que hemos comnetado
Me han comentado que este procedimiento no se puede llevar a cabo como modificación sustancial de condiciones de trabajo, que lo prohíbe el art. 12.4.e) del E.T., que siempre las reducciones de jornada implican consentimiento de las partes, de lo contrario, no queda otra, que proceder en todo caso, con el despido por causas objetivas.
Disculpa es verdad, había entendido que les modificabas el horario pero no había visto la reducción horaria.
Totalmente de acuerdo, además es lógico, tu no puedes utilizar la facultad de dirección para modificar este tipo de condiciones sin acuerdo.,
lo que no veo tan claro es que ganes un despido objetivo solo con contabilidad y menos si se trata de un despido colectivo, pues deberás demostrar algo más, y es que con esas medidas consigues el porposito de mejora empresarial.
¿Me podrías decir algunas técnicas que se utilicen para demostrar en juicio la necesidad de amortizar un puesto de trabajo ante la situación económica que atraviesa la empresa?. De todas formas, no ha salido algo de jurisprudencia para este tipo de despido que no hay que ir más allá en la justificación de despidos objetivos por causas económicas, ¿pues el mero hecho de prescindir de parte de gastos de personal se supone que contribuye a que la situación de la empresa no empeore?. Gracias.
Si ha salido una sentencia del TS donde parecía que no había que desmostar la viabilidad de la empresa para alegar causas económicas, bien eso eso riero, pero de eso a pensar que con poca cosa quedará justificado...
Lo que si se exige es que las medidas adoptadas realmente demuestren que tienden a mejorar la situación, por ejemplo que si has tenido un descenso de facturación del 30 % el ahorro de costes de salarios sea de un 25 % y ademas presentes ahorros en otras cosas mediamnte un pequeño plan de ajuste: eso se ve con bueno ojos. Ir con % mayores que las perdidas podría interpretarse mal.
Otro tema interesante seria intentar pactar (p ejemplo sobre los 30 días ) con los trabajadores afectados ya se individualmen o colectivamente. Eso no requiere más que acordarlo en conciliación sin más problemas (si se puede claro) ni aventuras a veces complicadas (entre otras porque los ERE suelen ser costosos en abogados)

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