Periodo vacacional.

Hola, soy trabajadora fija en un gimnasio. Mis ultimas vacaciones fueron en septiembre del año pasado, por lo que transcurrieron 9 meses desde las ultimas. Pedí a la dirección de la empresa el periodo vacacional, solicite en agosto una mitad, y la otra les hice saber que me era indiferente. Por parte de la empresa, me dieron la respuesta (siempre de palabra y no por escrito) de que en julio me tomaría una mitad (falta una semana para esto) y en agosto quedaban pendientes de confirmar.
A mi por motivos personales las que me interesan son las que por parte de la empresa aun no me confirmaron. Entonces mi pregunta es... ¿puede la empresa negarse a dármelas en el periodo que yo solicito? ¿En base a que podrían negarse? ¿Debería yo renunciar a las de julio y exigir que sean en el periodo solicitado por mi? ¿Tiene la empresa la obligación de darme un comunicado por escrito? ¿Dónde podría cursar una reclamación en cao de que la empresa haga oídos sordos a mi petición y no quieran firmar el acuerdo?
Muchas gracias.

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Estimada amiga,
Las vacaciones se fijan por acuerdo entre trabajador y empresario, salvo que tu convenio colectivo establezca un sistema específico para la fijación de vacaciones (a veces se contempla la posibilidad de que el trabajador elija una parte y el empresario otra).
Si el convenio no establece nada, y tampoco existe acuerdo, deberéis acudir al Juzgado, donde existe un procedimiento rápido para aclarar esta cuestión.
Allí se deberá sopesar los intereses en juego y el Juez decidirá.
Gracias, pero me queda una duda. Si les presento hoy la solicitud por escrito de mi periodo vacacional, cuanto tiempo tengo que esperar, ¿o en cuanto tiempo podría responderme la empresa tanto si si como si no a mi petición? ¿Legalmente de cuanto tiempo dispone la empresa para responderme? El tema es que me van dando largas pero sin concretar nada. Gracias.
No existe periodo máximo. Lo único que dice el Estatuto es que debes conocer la fecha con dos meses de antelación a la fecha de su disfrute.
Por eso, la única forma para "apretar" al empresario es interponiendo la demanda en el Juzgado.

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