Vacaciones

Hola! Soy Diana y quería saber como tengo que calcular el importe de las vacaciones que debería acompañar a la liquidación de la extinción del contrato y el recibo de este mes. Se trata de fin de obra en mes de junio(30 junio)

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En primer lugar tienes que calcular el número de días de vacaciones devengadas y no disfrutadas, en función del número de días de vacaciones que establezca el convenio colectivo y que nunca podrá ser inferior a 2,5 días por mes.
Una vez calculado el número de días de vacaciones simplemente hay que multiplicar este periodo por el precio/día de salario, teniendo en cuenta todos los conceptos salariales del mes.
Hay que tener en cuenta que estas vacaciones deben cotizarse.
El sueldo es de 600/mes. Entonces seria 2.5X6(mes de junio)=15dias. Las vacaciones estan retribuydas como una mensualidad ;15X(600/30dias)20=300?
¿Puede ser así?
¿Y el importe de las vacaciones se incluie en la base de cotización de contingencias comunes o no?
Si, así sería el cálculo.
Los 300 euros deben ir indicados en el certificado de empresa de forma separada a las cotizaciones de los últimos 180 días, en el apartado "vacaciones devengadas y no disfrutadas". A nivel de seguridad social además de informar de la fecha de baja hay que indicar la fecha de finalización de las vacaciones.
¿Entonces no se calcula en la base de cotización de contingencias comunes?
Muchas gracias por se tiempo dedicado, es muy amable!
No, por una parte se calcula la nómina normal y en el finiquito se incluirá:
- Parte proporcional de pagas extras
- Indemnización 8 días por año (cto. Obra)
- Vacaciones (aquí se pagan las vacaciones)
Y a la cantidad resultante se le aplicará IRPF a todas las cantidades, y seguridad social (cotización) a las vacaciones únicamente.

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