Jornada intensiva verano

Ya que no me queda muy claro como esta la situación realmente.
Yo trabajo en una empresa de consultoría desplazado a un cliente.
En el nuevo convenio de consultoras (convenio XVI abril de 2009). En el articulo que se refiere a la jornada laboral pone en el punto 2:
Las Empresas sujetas a este Convenio disfrutarán de jornada intensiva en el mes de agosto
Pero despues en el punto 7 pone:
7. Todo trabajador desplazado a otra empresa por razón de servicio, se atendrá al horario del centro de trabajo de destino, si bien en cuanto al cómputo de las horas trabajadas mensualmente, se respetarán las existentes en su empresa de origen.
Me gustaría saber si yo tengo derecho a jornada intensiva.
En mi empresa las condiciones horarias son jornada intensiva Julio y Agosto, de 32 horas semanales. Y el resto del año 42 horas semanales (9 horas de L-J y 6 Viernes)
El cliente en el que estoy no tiene ningún tipo de jornada intensiva y tienen el mismo horario todo el año 8 horas diarias (de lunes a viernes)
Veo que hay una contradicción entre los puntos 2 y 7 si la jornada intensiva es obligatoria y después pone que tengo que hacer el horario del cliente.
En el punto 7 también pone que las horas mensuales trabajadas no pueden ser mayores a las de mi empresa. ¿Esto implica que en Julio y Agosto no puedo hacer más de 32 horas semanales?
Agradecería una respuesta puesto desde mi empresa me dicen no saber de que les hablo.

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Respuesta
1
Según tu convenio no tienes derecho a jornada intensiva, a no ser que en tu empresa cliente lo haya. No hay ninguna contradicción, el punto 7 limita al 2, o lo complementa, como lo quieras decir. Pero por otro lado, la suma no puede pasar de 32. Por tanto sólo puedes trabajar 32 horas semanales, porque es el cómputo en tu empresa de origen, pero en el horario que diga la empresa cliente. Por supuesto que en tu empresa no saben de qué les hablas. Las empresas pasan de los convenios, pero los jueces no. Si finalmente trabajas 40h, les podrás cobrar las 8 horas de más como horas extras, al porcentaje de incremento que diga en el convenio, les guste o no. El convenio es obligatorio y el juez lo hará cumplir en caso de demanda. Lee este artículo sobre cómo seleccionar abogado (incluso gratis) para casos laborales.
Muchas gracias por la respuesta.
Más o menos es lo que yo imaginaba, pero no lo tenia del todo claro.
Intentare llegar a un acuerdo con mi empresa, a pesar de que no tenemos ninguna relación y no conozco a nadie ni personalmente ni telefónicamente de esta empresa ya que al estar desplazado en otro cliente y estar en un proyecto de una sola persona pasan olímpicamente de mi, de echo llevo 8 meses sin saber nada de ellos, lo único que se es que me siguen pagando.
Un saludo.

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