Fin de contrato durante baja por accidente laboral
Anteayer, día 27, me comunicaron que el pasado día 15 del presente mes (+ 3 días de vacaciones no disfrutadas) finalizó mi contrato de OBRA O SERVICIO estando de baja por ACCIDENTE LABORAL. Desde el momento del accidente me está tratando la mutua y actualmente llevo algo más de una semana de rehabilitación, aunque en la empresa me han dicho que al haber finalizado el contrato con ellos lo más probable es que la mutua me "transfiera" a la Seguridad Social, donde continuaría con el tratamiento.
Por otro lado, nada más conocer la noticia y por los días ya transcurridos desde el fin del contrato, acudí a la oficina del Inem con la documentación entregada por la empresa. Allí me dijeron que hasta que no reciba el alta médica (bien de la mutua o bien de la SS) no debo inscribirme nuevamente como demandante de empleo ni entregar dicha documentación en caso de que me corresponda algún tipo de prestación.
Es por ello que me gustaría saber, en primer lugar, si la mutua puede hacer esa "transferencia" a la SS para continuar allí la rehabilitación. En segundo lugar, si esperando al alta médica para entregar la documentación en el INEM no perderé el derecho a prestación por haber transcurrido los 15 días. Y por último, ¿si el tiempo que esté de baja a partir del pasado día 15 tengo derecho a percibir alguna cantidad de la mutua o de la SS?
Por otro lado, nada más conocer la noticia y por los días ya transcurridos desde el fin del contrato, acudí a la oficina del Inem con la documentación entregada por la empresa. Allí me dijeron que hasta que no reciba el alta médica (bien de la mutua o bien de la SS) no debo inscribirme nuevamente como demandante de empleo ni entregar dicha documentación en caso de que me corresponda algún tipo de prestación.
Es por ello que me gustaría saber, en primer lugar, si la mutua puede hacer esa "transferencia" a la SS para continuar allí la rehabilitación. En segundo lugar, si esperando al alta médica para entregar la documentación en el INEM no perderé el derecho a prestación por haber transcurrido los 15 días. Y por último, ¿si el tiempo que esté de baja a partir del pasado día 15 tengo derecho a percibir alguna cantidad de la mutua o de la SS?
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Respuesta de manucris
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