Confundida sobre mis derechos..

Tengo un contrato indefinido de 12 horas por semana. O sea a tiempo parcial. Acabo de regresar de mi baja maternal y me quisiera tomar las horas de lactancia acumuladas. ¿Todavía me corresponden aunque haya comenzado a trabajar hace 3 semanas?
     Ademas van a cerrar la academia donde trabajo. ¿Qué debo reclamar aparte de la indemnización? Si se traspasa la academia... ¿existe el traspaso de trabajadores?
   Los 6 meses anteriores a mi baja maternal estuve de baja por amenaza de aborto y no me tome las vacaciones correspondientes al 2008. ¿Pued aun reclamárselas a mi empleador?
      Mi empleador dice que las vacaciones no las paga y que aparecen en la nomina como ppp extras. ¿Puede ser esto real?
   Desde ya muchas gracias,
                                 (xxxxxx)

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Sobre la lactancia acumulada deberías haberla solicitado antes de reincorporarte de tu permiso de maternidad, salvo que la empresa acepte no puedes exigir el disfrute de la lactancia acumulada. Pero si tienes permiso a la hora de lactancia dentro de tu jornada laboral, o a salir 30 minutos antes o a comenzar tu trabajo 30 minutos más tarde. Simplemente tienes que comunicarlo por escrito y disfrutar de este derecho hasta que tu hijo tenga 9 meses.
Si la empresa se extingue tendrás derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado, si la empresa es subrogada tienes derecho a mantener tu puesto de trabajo y condiciones con la nueva empresa.
Sobre las vacaciones pendientes del año pasado deberías haberlas disfrutado al finalizar tu permiso de maternidad, intenta solicitarlas lo antes posible.
Las vacaciones no se pueden pagar salvo casos excepcionales, como por ejemplo imposibilidad de disfrute por extinción de la relación laboral, las vacaciones de forma general se disfrutan o se pierden.

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