Reducción de jornada

Buenas tardes:
Soy aux. Administrativa indefinida (dos años de contrato)en un Grupo Empresarial, y la única persona de mi Dpto. En mi empresa (es decir, solo yo realizo mi trabajo). He solicitado la reducción de jornada por maternidad (de mi horario actual de L a J: de 8:00 a 14:30 y de 15:30 a 18:30 y los V de 8:00 a 15:00. A un nuevo horario de L a V de 8:00 a 14:30) y me han dicho que soy imprescindible y que no me la concederán.
Trabajo 45 horas semanales, y recibo el sueldo en A y B, aunque según parece esto no se debe a que no me paguen las horas extras, si no a que las subidas de sueldo pactadas no entran en la nómina. Además esas 5 horas semanales que trabajo de más no se si cuentan como extras ya que creo que la empresa realiza ajustes con días libres para ajustarse al horario del convenio de Madera y Corcho de Madrid, que es el que rige mi contrato.
Por lo que he leído, si la empresa alega que soy la única que hace mi trabajo, y que es necesario que yo haga mi parte para que el resto de empleados siga trabajando no tienen por qué concederme la reducción, e incluso es posible que en un juicio perdiera yo. ¿Qué puedo hacer?

Y otra cuestión: ¿la reducción mínima seria de 1/8 sobre las 45 horas que trabajo a la semana o sobre las 40 legales, ya que las otras 5 son de ajuste?
En la empresa no hay ningún caso de reducción, aunque en el el Grupo Empresarial sí los hay. ¿Debo presentar la demanda en los juzgados de lo social? Porque tengo entendido que si pierdo, aunque vaya con un abogado de oficio me tocara costear los gastos del abogado de mi empresa.

También he escuchado que durante los primeros 9 meses de mi hijo estoy protegida contra el despido improcedente según la ley de igualdad ¿es cierto?
Muchas gracias por la ayuda.

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El derecho a reducción no depende en aboluto del puesto y tus funciones. La empresa puede contratar a otra persona para las tardes y no perderá dinero (incluso tiene subvanciones por hacerlo) y podrá hacerlo con un contrato de sustitución. Otro tema es que no quieran hacerlo porque la asesoría les cobre más, pero ese no es tu problema y te aseguro que al juez no le va a importar. Te aconsejo que pongas la demanda. En mi web explico cómo se hace gratis en cualquier caso.
Tu jornada máxima es la que diga en tu convenio. Así de sencillo. Normalmente la dice en forma anual. Si estás trabajando 45 horas a la semana te aseguro que te estás pasando de jornada y que esas horas extra con ilegales, porque las horas extras son voluntarias y un máximo de 80 al año. Tú tienes que hacer las cuentas con la jornada que diga en el convenio. Es decir que si en tu horario reducido vas a trabajr el 75% de la jornada anual del convenio, tendrán que pagarte ese 75%, y algunos conceptos (como el plus de transporte) puede que completo.
Muchas gracias por tu aclaración. Espero que el problema se solucione antes de tener que demandar, de no ser así seguiré tu consejo y les llevaré a juicio.
Un saludo.

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